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http://diario16.pe/noticia/46401-alan-habria-cometido-delito-encubrimiento-indulto-exjefe-sis
27 de Marzo del 2014 a las 08:46:51[h=1]ALAN HABRÍA COMETIDO DELITO DE ENCUBRIMIENTO EN INDULTO A EXJEFE DEL SIS[/h]
** Aprista Julio Espinoza estaba preso y en pleno proceso penal por corrupción, pero García le otorgó la gracia presidencial y lo sacó del caso. Actualmente, el beneficiado tiene una vida normal
Diego Hernández / Foto: Jorge Cerdán
Uno de los casos mejor documentados por la Megacomisión, que confirma irregularidades en el otorgamiento de gracias presidenciales, es el indulto por razones humanitarias que le concedió el expresidente Alan García al aprista Julio Espinoza Jiménez, exjefe del Seguro Integral de Salud (SIS).
El grupo investigador que preside el congresista Sergio Tejada ha encontrado indicios razonables de que García habría cometido el delito de Encubrimiento Personal, el cual tiene una pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de seis años.
“La acción de sustraer a una persona -que está involucrada en un proceso judicial- de la acción sancionadora del Estado, a través del Poder Judicial, por la comisión del delito de colusión y falsedad genérica en agravio del Estado, se encuentra previsto en el artículo 404º del Código Penal”, se lee en el informe final del caso ‘narcoindultos’.
Se refiere a que en junio del 2008, Espinoza Jiménez fue indultado por razones humanitarias. En ese momento, el aprista se encontraba en prisión porque afrontaba un proceso penal luego de que se detectara que el SIS, a su cargo, compró alimentos sobrevalorados por más de S/. 19 millones para los damnificados del terremoto que afectó el sur del país en el año 2007.
El proceso penal se encontraba en la etapa de instrucción y el delito que se le imputaba a Espinoza Jiménez era el de colusión. La Megacomisión ha podido acreditar “la existencia de actos preparatorios” por parte del expresidente García y de su entonces primer ministro, Jorge del Castillo, que tuvieron como objetivo -refieren- sustraer de la acción de la justicia al exjefe del SIS.
El 22 de agosto del 2007, García y Del Castillo enviaron un proyecto de ley al presidente del Parlamento, el aprista Luis Gonzales-Posada, que buscaba que la Contraloría General de la República “suspenda sus facultades de control previo y simultáneo en las localidades declaradas en emergencia por catástrofe naturales. Ante este propósito la Comisión de Fiscalización del Congreso archivó la iniciativa”.
NO CUMPLÍA REQUISITOS
Cuando García decidió otorgarle el indulto humanitario a Espinoza Jiménez, la norma señalaba que la gracia presidencial procedía si el solicitante cumplía con los siguientes requisitos:
a) Los que padecen enfermedades terminales y no terminales irreversibles o degenerativas.
b) Los que pese a padecer enfermedades no terminales, la naturaleza de las condiciones carcelarias puede colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
c) Los afectados por trastornos mentales crónicos, irreversibles o degenerativos.
d) Los mayores de 65 años.
Según la investigación de la Megacomisión “Julio Espinoza Jiménez tenía 61 años a la fecha del otorgamiento de la gracia presidencial, había tenido un post operatorio favorable y no se encontraba en ninguno de los supuestos antes mencionados, tal como establece el informe médico correspondiente. Actualmente desarrolla una vida normal”.
La decisión de García de indultar al aprista Espinoza Jiménez tuvo una grave consecuencia: el exjefe del SIS fue sacado del proceso penal que se le seguía por una compra sobrevalorada en más de S/. 19 millones. Es decir, se salvó de ser condenado porque supuestamente tenía una enfermedad terminal.
“El caso de Julio Espinoza Jiménez resulta emblemático, pues se trata de un procesado que nunca fue sentenciado por el Poder Judicial. La intención que se tuvo desde un primer momento fue sustraerlo del proceso penal en el que se encontraba comprendido. Espinoza Jiménez fue denunciado por la Fiscalía ante el órgano jurisdiccional y, encontrándose en la etapa de instrucción, fue sustraído del proceso al otorgársele la gracia presidencial”, señala la Megacomisión.
EL DATO
Lo actuado en este caso por la Megacomisión será remitido a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso
27 de Marzo del 2014 a las 08:46:51[h=1]ALAN HABRÍA COMETIDO DELITO DE ENCUBRIMIENTO EN INDULTO A EXJEFE DEL SIS[/h]

** Aprista Julio Espinoza estaba preso y en pleno proceso penal por corrupción, pero García le otorgó la gracia presidencial y lo sacó del caso. Actualmente, el beneficiado tiene una vida normal
Diego Hernández / Foto: Jorge Cerdán
Uno de los casos mejor documentados por la Megacomisión, que confirma irregularidades en el otorgamiento de gracias presidenciales, es el indulto por razones humanitarias que le concedió el expresidente Alan García al aprista Julio Espinoza Jiménez, exjefe del Seguro Integral de Salud (SIS).
El grupo investigador que preside el congresista Sergio Tejada ha encontrado indicios razonables de que García habría cometido el delito de Encubrimiento Personal, el cual tiene una pena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de seis años.
“La acción de sustraer a una persona -que está involucrada en un proceso judicial- de la acción sancionadora del Estado, a través del Poder Judicial, por la comisión del delito de colusión y falsedad genérica en agravio del Estado, se encuentra previsto en el artículo 404º del Código Penal”, se lee en el informe final del caso ‘narcoindultos’.
Se refiere a que en junio del 2008, Espinoza Jiménez fue indultado por razones humanitarias. En ese momento, el aprista se encontraba en prisión porque afrontaba un proceso penal luego de que se detectara que el SIS, a su cargo, compró alimentos sobrevalorados por más de S/. 19 millones para los damnificados del terremoto que afectó el sur del país en el año 2007.
El proceso penal se encontraba en la etapa de instrucción y el delito que se le imputaba a Espinoza Jiménez era el de colusión. La Megacomisión ha podido acreditar “la existencia de actos preparatorios” por parte del expresidente García y de su entonces primer ministro, Jorge del Castillo, que tuvieron como objetivo -refieren- sustraer de la acción de la justicia al exjefe del SIS.
El 22 de agosto del 2007, García y Del Castillo enviaron un proyecto de ley al presidente del Parlamento, el aprista Luis Gonzales-Posada, que buscaba que la Contraloría General de la República “suspenda sus facultades de control previo y simultáneo en las localidades declaradas en emergencia por catástrofe naturales. Ante este propósito la Comisión de Fiscalización del Congreso archivó la iniciativa”.
NO CUMPLÍA REQUISITOS
Cuando García decidió otorgarle el indulto humanitario a Espinoza Jiménez, la norma señalaba que la gracia presidencial procedía si el solicitante cumplía con los siguientes requisitos:
a) Los que padecen enfermedades terminales y no terminales irreversibles o degenerativas.
b) Los que pese a padecer enfermedades no terminales, la naturaleza de las condiciones carcelarias puede colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.
c) Los afectados por trastornos mentales crónicos, irreversibles o degenerativos.
d) Los mayores de 65 años.
Según la investigación de la Megacomisión “Julio Espinoza Jiménez tenía 61 años a la fecha del otorgamiento de la gracia presidencial, había tenido un post operatorio favorable y no se encontraba en ninguno de los supuestos antes mencionados, tal como establece el informe médico correspondiente. Actualmente desarrolla una vida normal”.
La decisión de García de indultar al aprista Espinoza Jiménez tuvo una grave consecuencia: el exjefe del SIS fue sacado del proceso penal que se le seguía por una compra sobrevalorada en más de S/. 19 millones. Es decir, se salvó de ser condenado porque supuestamente tenía una enfermedad terminal.
“El caso de Julio Espinoza Jiménez resulta emblemático, pues se trata de un procesado que nunca fue sentenciado por el Poder Judicial. La intención que se tuvo desde un primer momento fue sustraerlo del proceso penal en el que se encontraba comprendido. Espinoza Jiménez fue denunciado por la Fiscalía ante el órgano jurisdiccional y, encontrándose en la etapa de instrucción, fue sustraído del proceso al otorgársele la gracia presidencial”, señala la Megacomisión.
EL DATO
Lo actuado en este caso por la Megacomisión será remitido a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso