1) ¿No puedes creer una versión de las partes? Si justamente defiendes la de la PUCP con tus comentarios sin sentido. Si eso no es ser sesgado, entonces no sé qué es. En todo caso, el libro de Amprimo tiene los escritos de ambas partes, así que es mucho fácil comparar las cosas que la nula información que brinda la PUCP. Salvo gritos y muchachadas de mal gusto, nada pues.
¿Habrá una sola vez en que respondas opiniones correctamente sin tergiversarlas..? Lo que he dicho, trata de entenderlo esta vez pues… ¿podrás?, es que no puedo limitarme a analizar solo la versión de una de las partes, si no ambas por separado. Esa es la única manera de sacar conclusiones claras y es lo que acostumbro hacer siempre. Lo que lees en mis post son mis conclusiones y de vez en cuando alguna cita importante de alguna opinión de terceros acerca del tema. Nunca te recomendaría que leas algún libro de Avendaño para que saques conclusiones solamente a partir de él (además que se que tus odios personales hacia el jurista solo le agregarían mas miopía a la que normalmente exhibes). Y no seas tan gracioso (en serio es una constante en ti, por eso me relaja responderte) es lógico que Amprimo, como cualquiera que defiende SU posición, cite textos de la otra parte, pero lo hace con ventaja pues luego les responde desde su perspectiva descalificándolos. Es lo mismo que pasa en debates como los de esta zona, yo por ejemplo, posteo, te cito cada barrabasada que posteas y en seguida te hago leña… ¿ves? Pero no se le podría recomendar a nadie que solo me lea a mí, sería injusto contigo ¿no? Y también conmigo, ya que leerte a ti también es una forma de quitarte razón…
2) La tesis del 1994 es capital porque el tema era los testamentos de Riva Aguero. Hasta el infeliz de Avendaño la aplaudió, sin saber que años después tendría que negarla en todos sus extremos, sin fundamentos serios. A la tesis mencionada se añade la aclaración del testamento en 1957 y el funcionamiento normal de la junta, con un representante de la Iglesia, hasta el malhadado acuerdo del 13 de julio de 1994.
Ya te explique que esos detalles no pesan, no son trascendentales, son absolutamente accesorios, tanto como tu odio personal contra Avendaño (todo un tema ah, algo grave debe haberte hecho el tío). Porque dejando de lado insultos, calificativos y demás irrelevancias, hay coincidencia entre las partes en que el meollo del asunto está en el acuerdo de 1994, y será el Poder Judicial el que tendrá que analizar el caso, interpretar el testamento de Riva Aguero y pronunciarse sobre ello. La diferencia está en que, temerosos de ser vencidos en el campo legal, los representantes del arzobispado recurrieron a mil y un estratagemas para evitarlo, incluyendo su absurdo pedido de que el caso sea concluido en base a la injerencia del TC en el tema. No les ligó pues, ahora el caso está en fase inicial y recién sabremos sus resultados en un buen tiempo. Así te arda.
3) El hombre de las sorpresas eres tu intentando imponer unas ideas estrambóticas al caballazo, con sabanas más confusas que un pamfliesto medieval.
Una vista de tu avatar me exime de mayores comentarios.
4) ¿Apertura de ideas la PUCP? Por favor, el problema de la universidad ha demostrado como se ha impuesto un pensamiento único y la falta total de información en el alumnado. Ni siquiera conocen la historia de la universidad y, convenientemente, están intentado reescribirla para sus propósitos. Lo sé porque estuve apoyando en esa investigación. El cuento de la asociación civil en 1917 es patético, que la Iglesia nada tuvo que ver con la fundación de la universidad. Niegan sus propios libros anteriores, como el Teodoro Hampe de 1987.
Eso drais no te lo cree ni el mismísimo Cipriani. La PUCP puede adolecer de muchas fallas pero su característica fundamental, y que ahora haces un mal intento de contradecir, es algo que te costara demostrar mucho más que un avinagrado post. Qué curioso que cites a Hampe como la quinta esencia historiográfica de la PUCP. Lo que no dices es que su versión de los hechos solo llega hasta el año 87 e ignora o toma en cuenta muy sesgadamente los cambios producidos a raíz de las reformas en el sistema universitario (léase autonomía universitaria) consignadas en la constitución del 79. Obviamente, las disposiciones al respecto vertidas en la del 93 ni siquiera abarcan el temario de su obra.
Mas bien, quiero aprovechar, ya que tu párrafo me lo hizo recordar, para aclarar algo que se me venía quedando en el tintero… sorry, teclado, desde tiempo atrás y que tiene relación directa con el dilema central de este tema.
Mucho se ha venido diciendo, como base de sustentación por parte de quienes postean a favor de las pretensiones del arzobispado, el hecho de que la PUCP naciera dentro del ámbito eclesial. Esa es la postura de la defensa de Cipriani, de historiadores como Hampe y espectadores de la tribuna como drais o cualquiera de nosotros (ojala no salgas ahora con que tú has colaborado con investigaciones ni pamplinas irrelevantes de ese tipo). La contraparte dice que nació como asociación civil y eso, me refiero a ambas partes, ya está suficientemente sustentado en las páginas anteriores de este mismo thread. No es necesario caer en la cansina y repetitiva exposición de argumentos ya expuestos por las partes. Quien esté interesado que lo lea.
El hecho es que, en base a esa propuesta, la defensa del arzobispado desconoce la autoridad de nuestra constitución política (que dota a las universidades de autonomía administrativa, normativa, económica y académica) y como consecuencia de ello intenta pasar por encima de la estructura del ordenamiento jurídico que, en un estado de derecho como el nuestro, no puede ser derivado a instancias externas sin afectar el principio de jerarquía normativa en el que la constitución es la cúspide. Tampoco toma en cuenta que la ley es dinámica, es decir debe adaptar sus normas a las específicas necesidades de cada población y época y además es cerrada, lo cual implica la independencia de otros sistemas legales ajenos a su jurisdicción. Pues bien, haciendo un recuento de los ocurrido en el nutrido historial de este caso, veremos que en el artículo cuarto de sus Estatutos de 1956 la PUCP precisó: "
La Universidad Católica del Perú se rige por los presentes Estatutos, en entera conformidad con las leyes de la Iglesia y las del Estado Peruano, con absoluto acatamiento de las resoluciones de la Santa Sede, de la cual depende". Ojo, hablamos de 1956, cuando la ley de autonomía universitaria no aparecía en el universo legal peruano. Y bueno (y también honesto) es recalcar que gracias a ello se dio la convivencia pacífica de la PUCP dentro del sistema jurídico peruano con las leyes de la Iglesia.
Cuando en 1979 y en 1993 las sucesivas constituciones instauran la autonomía universitaria, se impone la jerarquía normativa apelando al carácter dinámico y cerrado de la ley mencionado líneas arriba. Ni vuelta que darle. Y duélale a quien le duela. La historia de Hampe no llega hasta allí. Están fritos pescaditos. Pero aún hay más. Muy oportunamente (por no decir conchudamente) la defensa del arzobispado apela a la Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae, que dispone que toda Universidad Católica en el mundo adecué su Estatuto a ella y encarga a cada Obispo la responsabilidad de promover la buena marcha de la Universidad en su diócesis y le otorga el derecho y el deber de vigilar para mantener y fortalecer su carácter católico.
Bueno pues, preguntémonos. ¿y cuando fue promulgada la Constitución Apostolica mencionada? 15 de agosto de 1990, por Juan Pablo II. Es decir, la defensa del arzobispado pretende que se desconozca el carácter dinámico del sistema jurídico peruano (la autonomía universitaria existe en el Peru desde 1979) para otorgárselo a una instancia ajena al mismo. Y apela a la figura de que la PUCP existe desde antes de ser promulgada la Constitución del Estado cuando la Constitución Apostólica es aun posterior a la misma ¿Hay lógica? Lo dejo al criterio de los lectores.
Entonces drais, no quieras atarantar trayendo a la colada argumentos históricos como los de Hampe que son perfectamente rebatibles por otros. Ese es el problema contigo, el carácter de definitivo que le das a tus fuentes. Así estas sean sesgadas o, como en este caso, incompletas. Y te lo he aclarado sin necesidad de rabietas ni exaltaciones inútiles como tú… comprenderás. Espero de ti la misma tónica. Si puedes, claro.
5) Especialistas en sucesiones hay pocos, pues es una rama del Derecho cada vez más abandonada porque la gente ya no hace testamentos. En muchas universidades el curso de Sucesiones se ha eliminado o se ha convertido en electivo. El especialista peruano en la materia es Guillermo Lohman Luca de Tena. Anda pidele que te de una lección de sucesiones, porque no sabes nada de la materia.
Pucha que eres único drais…¿Quién te ha dicho que la especialidad de sucesiones solo es aplicable a la existencia de testamentos. ..? Si deseas te presento a un especialista muy bueno, amigo mío (ojala no mas que ahora no lo insultes y maletees sin siquiera tener el honor de conocerlo, como es tu conocida costumbre). Y lógico pues drais, muy poco sé de sucesiones, por ello apelo a los especialistas… ¿acaso tu eres experto en el tema? Apuesto a que dices que si…jajaja. Qué poco respeto le tienes a la profesión del abogado para restringir, como lo haces, la especialidad a una sola persona. Pero te comprendo, en verdad drais, este casi año que tengo por esta zona me ha ayudado a comprender y convivir virtualmente con un opinologo tan alucinado como tú.
6) Miren quién habla de sectarismo e intolerencia. El Rey en la materia. Basta leer tus vociferantes respuestas huecas y larguisimas.
Por suerte tus post están a la vista de quien quiera leerlos. Eso me libera de odiosas comparaciones en las que saldrías demasiado mal parado. Y en cuanto a lo de mis “larguísimos” post, solo son respuesta a los tuyos, a los cuales cada vez les añades más ítems. Comenzaste con tres y ahora ya llegaste a diez…. ¿tanto te agrada ser dejado en evidencia?
7) Geniecillo, escucha, la PUCP no puede acudir a instancias internacionales. La CIDH admite personas naturales no jurídicas. Osea que con el TC muere todo. Además para fundementar su sentencia tenía que ver la legitimidad para obrar de la PUCP. Esta estaba vinculada al presunto derecho que se violaba. Si no hay derecho de propiedad - y eso se concluyo estudiando el testamento - entonces no hay agravio constitucional. Y siendo la instancia última, kaput.
Gracias por lo de geniecillo, viniendo de ti es todo un halago. En todo caso resulta mucho mejor que tinterillo… y sin pica pica por favor ah.
¿Quién ha dicho que es la PUCP la que iría a instancias internacionales???
Lo que te vengo preguntando hace más de un mes, y te haces siempre el tercio para responder (como en esta ocasión) es que si las cosas son como tú dices, es decir, que el pronunciamiento del TC daba punto final a las instancias y que era un atropello el que se siga el caso en el PJ, ¿como así es que el Arzobispado (entiendes? Dije A-r-z-o-b-i-s-p-a-d-o) no ha recurrido a instancias externas para denunciar el hecho?. ¿Y como así es que ni siquiera el TC ha salido en defensa de su fuero? No tienes respuestas a esas preguntas. Lo único que haces es irte por las ramas. Y te contradices. Ahora dices que con el TC muere todo cuando solo en tu post anterior reconocías que el caso sigue su curso. Quien te entiende drais. ¿Te entenderás tu mismo…???
8) Si, se enteraron por la queja del Colegio Peruano Chino y el reordenamiento que estaban haciendo del Archivo Episcopal. Si quieres hablar de ocultamiento, este se lo puede atribuir a Vargas Alzamora, el tío bueno de la PUCP que se le paseaba el alma mientras las autoridades hacían barrabazadas.
Bueno, el tío bueno, como lo llamas vive en el grato recuerdo de millones de peruanos, no solo de los estudiantes de la PUCP, al igual que cardenal Landazuri (solo para hablarte de cardenales). Qué distinto será el recordaris que envolverá a Cipriani algún día. Inevitablemente habrá de estar asociado a la analogía derechos humanos=cojudez. Qué triste epitafio.
9) En serio, deja de escribir esas sabanas sin ton ni son, porque no dices nada sino repites la griteria de los meses anteriores. No se puede tapar el sol con un dedo. Ejemplo claro es que no te entra en la cabeza que el OPUS nada tiene ver en el asunto.
Ese tipo de calificativos y valoraciones déjalo para quienes tengan la amabilidad y paciencia de leer nuestros post (en verdad creo que son muy pocos). Te repito que los adjetivos y cliches, viniendo de ti, son un honor y satisfacción para mí.
10) Lo del Estatuto y del testamento van en la misma línea, pero por cuerdas separadas. La PUCP está sometida a doble jurisdicción, la canónica y la civil. El visitador es un embajador extraordinario de la Santa Sede, un diplomático. Existe algo llamado Concordato, genio ¿Entiendes, captas?
Misma línea, cuerdas separadas….te aconsejo algo, patenta tus frases drais, a veces eres tan divertido. No hay doble jurisdicción desde que nuestra constitución consagra la autonomía universitaria. El Vaticano podrá arrebatar los títulos que crea convenientes, dentro de un debido marco legal, pero no le será suficiente para hacerse del legado de Riva Agüero, y mucho menos del manejo administrativo y académico de la universidad. El Visitador vendrá a Conciliar y puedes estar seguro de que no solo conversara con Cipriani y con Rubio. También recogerá la versión de las distintas vertientes del catolicismo peruano (Conferencia Episcopal incluida), ya que el Vaticano las representa a todas ellas. Y por ahí, Cipriani y su absurda hambre de poder, tienen todas las de perder.
Salud.
PD . ¿Cuántos ítems reservas para tu siguiente post… ¿20? Normal, te prometo responder a cada uno de los que se te ofrezca enviar, pero será en unos días más. Tengo que salir un tiempito corto fuera de Lima. Así es mi chamba, que le vamos a hacer. Paciencia y no te dejes llevar por las ansias. Te sugiero que pienses y proceses un poco más tu respuesta... ah, y no postees tanto odios personales… Chaufa