¿Posponer las elecciones regionales y municipales? ¿Sabes lo que dices? No se puede, deberías saber que por hacer eso el Presidente puede ser acusado de traición a la patria, como reza el artículo 117.
Artículo 117°.- Excepción a la inmunidad presidencial El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
El problema no está en los partidos políticos, sino en que todo está en contra de ellos. Entretanto. todas las puertas están abiertas para la informalidad política. La vieja máxima de Odría se aplica en todo su esplendor y favorece la informalidad política. A nadie le sorprende, y francamente debería hacerlo, que tengamos veinte candidatos a la Alcaldía de Lima.
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