A chupar y de allí a trabajar!!!!

Tema en 'Actualidad Peruana' iniciado por VerdeO, 15 Ene 2009.

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    VerdeO

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    El Tribunal Constitucional ha ordenando -en un polémico fallo- la reposición de un trabajador que fue despedido por llegar ebrio a su trabajo, y eso ha creado fuerte polémica. Es justo o injusto despedir a un trabajador que llega en ese estado?, y la responsabilidad de llegar ecuánime a tu centro ¿dónde queda?. Miren lo que dice uno de los miembros de ese Tribunal:

    Por The Associated Press
    LIMA - Un fallo judicial que favoreció a un empleado despedido por llegar ebrio al trabajo, ha despertado preocupación por la posibilidad de relajar la disciplina laboral pero un magistrado dijo hoy que el despido del trabajador fue “abusivo”.

    El Tribunal Constitucional falló que la municipalidad de Chorrillos, de Lima, actuó en forma “desproporcionada” cuando despidió en el 2004 a su empleado de limpieza Pablo Cayo por llegar ebrio al trabajo. El fallo se dictó en octubre pero fue revelado recientemente.
    Fernando Calle, miembro del tribunal, explicó el miércoles a la AP por teléfono que el fallo defiende al empleado de un despido “abusivo”.

    “No es un gerente, no es un magistrado. No va a causar un accidente de tránsito, no va a matar a nadie,” manifestó Calle.

    Para el TC las autoridades de Chorrillos actuaron desproporcionadamente al sustentar el despido con sólo el parte policial pues el despido procede por embriaguez “reiterada” y no por una ocasión aislada, dijo Calle.

    El TC ordenó la reposición del trabajador, afirmó Calle, sin conocer si la municipalidad ya acató el fallo.

    La decisión del tribunal fue cuestionada por especialistas en temas laborales y el ministro de Trabajo, Jorge Villasante, dijo a la prensa que no se debe “relajar la disciplina” en los centros de trabajo.

    Ahhhhh!!!... qué les parece!!! si no soy gerente, ni magistrado, no voy a causar un accidente de tránsito ni voy a matar a nadie... a chupar cuñadito!!!!!.... total no pasa ni mela :confused::confused:

    Pero las reacciones de los gremios no tardaron en salir (publicado hoy en Perú 21):
    SNI y Confiep consideran que el Tribunal Constitucional se excedió en sus funciones. Ernesto Álvarez dice que no se ha sopesado implicancias sobre el principio de autoridad.

    La decisión del Tribunal Constitucional (TC), de ordenar la reposición de un trabajador de limpieza de la Municipalidad de Chorrillos que acudió a su centro de labores en presunto estado etílico, alimentó nuevas críticas contra este órgano colegiado, al que acusan de haberse excedido en sus funciones.
    Eduardo Farah, presidente de la Sociedad Nacional de Industrias, dijo que el TC no debería pronunciarse sobre temas laborales porque para eso están el Ministerio de Trabajo y el Consejo Nacional del Trabajo. “A este paso vamos a tener que cerrar el Poder Judicial y que ellos hagan justicia”, comentó el empresario, según declaraciones recogidas por la agencia Andina.
    Agregó que el sentido del fallo no solo rompe la disciplina en la empresa, sino que también afecta la productividad y pone en riesgo la seguridad en el centro de trabajo.
    En la misma línea se pronunció Jaime Cáceres Sayán, presidente de la Confiep, quien manifestó que el TC debe atender casos fundamentales para el país y no asuntos que deben ser resueltos por la autoridad laboral.
    Pero dentro del propio TC también hubo voces discrepantes. El magistrado Ernesto Álvarez, quien emitió un voto singular, cuestionó que en el fallo se señale que, para que la concurrencia al centro de trabajo en presunto estado de embriaguez constituya una falta grave, tiene que haber de por medio violencia o actos de indisciplina.
    Sostuvo, además, que no se han recogido bien las implicancias respecto del mantenimiento del principio de autoridad, teniendo en cuenta que el trabajador que entabló la demanda, Pablo Cayo Mendoza, se negó a pasar el dosaje etílico. Ese acto de rebeldía, agregó, es una falta más grave aún.
    “Este es un caso aislado donde el colegiado ha fallado atendiendo a una sensibilidad pro trabajador entendida en forma excesiva. Estoy seguro de que, en adelante, ante un hecho similar, el TC va a tomar decisiones más ponderadas”, expresó a Perú.21.


    O sea loquitos, ya no hay motivo para privarse de unos tragos a la hora del almuerzo ¿no?... total, el Tribunal Constitucional ya sentó un precedente. Ya no hay disciplina, respeto a tu centro de trabajo, te importa un carajo la productividad y tus jefes, si "no voy a matar a nadie" no te pasará ni mela :eek::eek:.... Y si te quedaste chupando hasta las 6 de la mañana y al otro día te daba roche ir y buscabas un certificado médico bamba, ya no te preocupes, vas zampado y como las webas cuñadito, como las webas...

    Perú!!! Perú!!! Perú!!!.... qué linda mi gente!!!!:mad:
     
    VerdeO, 15 Ene 2009

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    Bién fresco el tio borrachín, más conchudoooooo.
    Si hubiera un estudio de cuantos llegan de boleto al trabajo campeonamos.
    Saludos
    Doctor Zenón
     
    Doctor Zenon, 15 Ene 2009

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    #2

    Amado Garcia Guerrero

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    En donde esté una piedra solitaria donde habite el
    Esta es una situación que no debiera llegar a instancias judiciales tan altas como el Tribunal Constitucional. Estos actos deben estar contemplados en la normativa vigente acerca de faltas y sanciones laborales, los cuales deben señalar claramente si el llegar en estado etílico es una causal de despido, y además, en las normas internas, inscritas en registros públicos, de la muncipalidad de Chorrillos.
    Pero como la desorganización Reyna en nuestro Perú, lo más probable es que no haya nada de esto.

    Haber si un especialista en legislación laboral nos da un panorama mayor de este caso.

    Saludos.
     
    Amado Garcia Guerrero, 15 Ene 2009

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    #3

    Puklla

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    No les dije? vivimos en Macondo...
     
    Puklla, 15 Ene 2009

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    #4

    Vitor_Belfort

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    Esto seria una carta libre a tomar como vikingos los domingos y llegar resakeado el lunes xd!
    donde estamos....
    habria que cambiar el reglamento interno de trabajo de las entidades publicas y privadas :D
    No me parece....
    Saludos!
     
    Vitor_Belfort, 15 Ene 2009

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    #5

    TESLA

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    El trasfondo aqui es el profesionalismo del trabajador mostrando respeto al lugar de trabajo. Les acaban de quitar harto piso a las empresas para sancionar a los trabajadores que incumplen con las buenas costumbres laborales. La pobre y malvenida cultura peruana acaba de sufrir otro golpe. Cada vez peor se pone la cosa. por queeeeeeee????? T
     
    TESLA, 15 Ene 2009

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    #6

    edwardnew1

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    Que verguenza, solo en Perú un Magistrado puede decir que el despido es desproporcionado "...porque no va a matar a nadie".

    Es tan increible que suceda esto que ya hasta pienso que pueda ser cortina de humo de algo mas... ¿no habrá habido alguna otra noticia polémica? ¿ mas implicados de petroaudios? ¿implicados de chuponeo?:rolleyes:
     
    edwardnew1, 15 Ene 2009

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    #7

    Shinji

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    Que triste realmente. Cualquiera puede llegar resaquedado, apestando a trago, ponerse cargoso, y hacer todo menos trabajar a full.
     
    Shinji, 15 Ene 2009

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    #8

    bbperuano

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    Pasa cada cosa q uno no entiende...
     
    bbperuano, 15 Ene 2009

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    #9

    elchulz

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    asu eso solo seria en un nigth club , que roche prefiero quedarmne en mi cas y decir que estoy enfermo a darme esa fama de choborra
     
    elchulz, 15 Ene 2009

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    #10

    FONZIE

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    Para Fernando Calle, miembro del TC, hay una enorme desinformación que crea preocupación entre la población y los empresarios. “Indudablemente, si un piloto de avión o un chofer tienen síntomas de ebriedad confirmadas, son inmediatamente despedidos; no es necesario que causen ningún daño. La ley es muy clara”, precisa el magistrado.

    A decir de su colega Carlos Mesía Ramírez, el controvertido fallo solamente hace justicia en el caso concreto del trabajador de limpieza municipal. “Lo que ha hecho el Tribunal es aplicar la ley. En todo caso no está mal el Tribunal, sino la ley, porque el Decreto Supremo 0397 señala que es una falta grave la concordancia reiterada en estado de embriaguez y el Tribunal lo que ha visto en este caso, en el proceso por lo menos y en el expediente, es que no existía ninguna sanción anterior a este trabajador por la misma causal”, aclara.
     
    FONZIE, 15 Ene 2009

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    #11

    CARLO_123

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    Nosotros tal vez no brother ............. los q viven en otro mundo son esos tios del TC!!!
    No ven mas alla de sus narices .... y sus libros ... pura teoria aprendida hace 50 años ....!!!
    Ahhh y no olvidar q para ser miembro de ese tribunal no tienes q ser el "non plus ultra del derecho" .... solo vasta q un partido te apadrine .... !!!
    Ese TC intocable es una perita en dulce y un botin politico muy simpatico ..... o acaso el lechuzon no fue y es un militante de partido .... Independecia??? Anda!!!!

     
    CARLO_123, 15 Ene 2009

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    #12

    Wiñamuca

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    con el nivel que conocimiento que tiene, no me sorprende esa desicion puesto que esos mienbros nunca ganaron nada en el exterior, dentro de peru son condecorados como reyes, pero cuanso salen al exterior, son objeto de burla jejeje, asi es la educacion publica en el peru, a diferencia de chile, miren como son sus empresarios alla, pero la gente defiende a esos mediocres
     
    Wiñamuca, 16 Ene 2009

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    #13

    VerdeO

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    Buenaza!!!
    [​IMG]
    Parece hecho en su gobierno ¡Corooooojo!!!!:D:D:D
     
    VerdeO, 17 Ene 2009

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    #14

    ironhide

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    solo cave un comentario....

    es una verguenza!!!!!!!!!
     
    ironhide, 17 Ene 2009

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    #15

    drais

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    En Mexico están otorgando un premio cuando se expone la peor estupidez burocratica. La ganadora fue una mujer que pidió ayuda social al Estado y se la negaron una infinidad de veces. Nosotros podemos empezar nuestra propia lista con el fallo del TC, que no sorprende porque si consideramos la historia de "amor" de Lechuzón, cualquier cosa es posible. No es mala idea la propuesta de Aldo Mareategui de borrar del mapa al TC y volver al sistema de control constitucional en la Corte Suprema.

    Drais
     
    drais, 17 Ene 2009

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    #16

    armanchesco

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    Muchas veces tomamos conocimiento de este tipo de noticias al leer el periódico que compramos en la esquina y desde ya comienza a trabajar el poder de opinión que la prensa posee y que influencia en nosotros tergiversando, "añadiendo" y haciendo suya tal o cual noticia importante, formando así una sola opinión en la ciudadanía (sea ésta afirmativa o negativa) en contra o a favor de determinada persona o institución. Este último supuesto a sucedido en el caso de esta controvertida sentencia del Tribunal Constitucional, la cual ha sido "dado de alma" por la prensa , tanto asi que el propio TC y algunos de sus magistrados han salido ha explicar el controvertido fallo y sustentar su decisión.

    Ahora bien, leyendo los válidos comentarios de los cofadres que me anteceden, pude percatarme que este poder de opinión y de influencia que he mencionado en el párrafo anterior, ha calado mucho en las opiniones de los cofadres en sentido negativo. Muchos han señalado que esta sentencia es una "vergüenza", que ha sentado un "precedente" para que en el futuro algún empleador (sea público o privado) piense dos veces antes de sancionar a un trabajador cuando éste llega a su centro de labores en estado etílico, entre otras opiones similiares. Afirmar aquello no seria del todo acertado sino un tanto exagerado como los propios titulares de los diarios que dieron a conocer esta noticia.


    Primero, el TC en esta sentencia ha señalado que efectivamente el demandante llego en estado etílico a su centro de labores (y ojo no porq se comprobara dicho estado, sino por la negativa de este a someterse a la prueba de dosaje etílico y por ende, en la sentencia se tomo por cierto que haya estado ebrio)


    Segundo, el TC ha amparado dicha decisión en el hecho, de que no ha existido reiterancia en la conducta irregular que el empleador señala como falta grave al empleado, es decir este señor no llegaba siempre en este estado a su trabajo, por el contrario esta fue su primera vez.

    Tercero, el hecho de tipificar esta conducta como falta grave es desproporcional a la sanción que se le dio (despedirlo) y por ultimo las condiciones personales del trabajor y la naturaleza del trabajo que realizaba (barredor) no ameritaba que la Municipalidad de Chorrillos (entidad para la que trabajaba) haya tomado esta decisión. Este extremo de la sentencia es muy importante, ya que el TC esta poniendo en la balanza la naturaleza del trabajo que realizaba el demandante y los hechos que configuran la falta. Por ello cuando el magistrado Calle señala :"“No es un gerente, no es un magistrado. No va a causar un accidente de tránsito, no va a matar a nadie,” no ha llegado a la conclusión -contrario sensu - que si han llegado muchos, de que si una determinada persona es gerente, juez o chofer de un bus y va a su trabajo en estado etílico su empleador no le podría imponer alguna sanción, sea leve o grave (despido).

    Por ejemplo, no es lo mismo que esta persona haya llegado después de 25 años y por primera vez a su trabajo con tufo de haber tomado licor a que un Gerente de una empresa importante llegue ebrio a la oficina, recordemos que a mayor cargo mayor responsabilidad. Pero claro así sea barredor, igual hizo mal en presentarse en ese estado a su centro de labores. En ese sentido, tampoco podemos comparar este caso a que un chofer de un bus interprovincial llegue ebrio a su empresa de transportes y se ponga a manejar un bus donde viajan más de 50 personas y luego se produzca un accidente. En este caso no solo tendría responsabilidad administrativa (incumplimiento de las normas laborales) sino peor aún tendría responsabilidad penal. Por ello no confudamos las cosas y no pongamos supuestos extremos, partiendo de este caso.


    Es que si leemos la sentencia y lo expresado por los magistrados del TC, en ningún momento se esta pronunciando a favor de llegar a la chamba ebrios y aquí no paso nada. No es asi, sino solo su decisión se ha emitido dentro de este caso en concreto.


    Por otro lado, tampoco quiero hacer de defensor de este Tribunal y sus resoluciones, ya que dicho sea de paso, últimamente ha emitido una resolución (Jurídicamente errónea a todas luces) en un caso como la matanza del frontón, en la cual simplemente no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto, violando así principios constitucionales impartidos por éste mismo tribunal y lo que es peor contradiciéndose en la doctrina y jurisprudencia emitida en casos de violaciones a los DDHH y asimismo incumpliendo con lo establecido en la sentencia emitida por la Corte Interamericana de DDHH en el caso Duran y Ugarte vs Peru. En ese sentido, los magistrados (pero ojo no todos) de este Tribunal dejan mucho que desear.

    Ahora, respecto a la opinión del cofadre Drais, la cual también se aúna a la propuesta muy cuestionada del reciente y flamante presidente del PJ, Javier Villa Stein, de que este órgano pase a ser parte de la Corte Suprema y deje así de lado su autonomía y principalmente la labor (en algunos casos muy buena) que ha venido realizando por mucho tiempo, pues es descabellada. La mayoria de paises que apuntan por un moderno, sólido, eficiente y justo sistema judicial poseen un Tribunal Constitucional o Corte Constitucional, y éste no se encuentra dependiente del Poder Judicial, además así lo establece nuestra Constitución Politica. Creo que a Villa Stein, se le ha olvidado el pequeñísimo detalle de que cualquier Juez y mas aún un Vocal de la Corte Suprema, puede realizar un control constitucional a través del denominado “control difuso de los jueces”, facultad que también nuestra Carta Magna le ha otorgado. Lo que se debería impulsar es el mejoramiento de nuestro actual sistema de justicia, la puesta en vigencia del Nuevo Codigo Procesal Penal en todo el país, el mejoramiento en la capacitacion de los operadores de justicia, etc., pero este es otro tema.



    Aqui les paso el link, donde pueden accder al contenido de este sentencia y saquen sus propias conclusiones. Hay muchas cosas que decir sobre esta sentencia, errores que tambien ha incurrido los magistrados, ya que concordando con la opinion del voto singular que declaró infundada la demanda, hay serias omisiones sobre este caso


    aqui el link


    http://www.tc./jurisprudencia/2008/03169-2006-AA.html



    saludos


     
    armanchesco, 17 Ene 2009

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    #17

    drais

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    Leí la sentencia con detenimiento y concluye que la sanción de despido no es proporcional a la falta señalada en el reglamento, para ser pasible de despido tenía que ser una conducta reiterada...¿Es ese el punto de la sentencia?

    Si ese es el caso, entonces el fallo estaría legalmente correcto pero socialmente no ha caido bien.

    En cuanto a la propuesta del doctor Villa Stein, no es del todo mala sino volver al sistema de justicia constitucional existente hasta 1979. El Tribunal de Garantías Constitucionales, el antecesor del TC, fue creado a semejanza del sistema español, creo a propuesta de Javier Valleriestra. El modelo original es austriaco, si la memoria no me traiciona. En teoría el sistema es bueno, en la práctica falla en que el sistema no puede cuajar porque la elección de los jueces dependen de los políticos y hemos visto como han demorado años en llenar las plazas que iban quedando. El sistema USA de jueces nombrados de por vida por el presidente parece más eficiente, pero no deja ser peligroso porque la nominación y ratificación sigue siendo política. Por eso la propuesta Villa Stein es útil: no todo lo moderno significa que sea eficiente, más aún en un país donde la gente desconoce sus derechos. Una Sala de DC sería más ´práctica, aunque para hacerlo habria que marcar limites en la justicia constitucional, filtros que no terminen burocratizando la sala.

    Saludos,

    Drais
     
    drais, 18 Ene 2009

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    #18

    Wiñamuca

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    en ese tema no tiene que ver nada el TC, eso lo ve cada empresa, pero como en el peru todas las empresas estan intervenidas por las instituciones publicas del estado, practicamente no hay propiedad privada porque el estado decide.

    no tiene autoridad el TC para decidir sobre esos temas, pero como el pero es una chanfainita, no me sorprende
     
    Wiñamuca, 18 Ene 2009

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    #19

    drais

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    Permitir la intervención del Estado en la esfera privada en nombre del interés general o público...

    Salud por eso

    Yo pongo la siguiente ronda

     
    drais, 18 Ene 2009

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    #20
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