Vaticano prohibe a la PUCP usar titulo de Pontificia y Catolica

Tema en 'Actualidad Peruana' iniciado por Arquisexo, 20 Jul 2012.

    lobo_gris

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    En resumen, es lo que pretendo demostrar, es la inmensa humanidad del catolicismo de cabo a rabo ... me molesta si que Cipriani, creyendose superior al Papa al cual dice ser leal y obediente, no se disculpa, ni reconoce publicamente estos hechos nacionales y mundiales, como si lo ha hecho su superior, sus vecinos del sur, etc, etc, menos aun entre en la lucha por prevenir el abuso a menores de edad (penas de la santa inquisicion deben darles) con ello sin querer o queriendolo defiende la impunidad de estos actos nada santos ... Cipriani, prefiere denostar publicamente de los homosexuales, cuando en su casa tiene homosexuales encubiertos y pedofilos ... eso es hipocresia, y no tiene disculpa en mi concepto !!!

    http://archivo.univision.com/contentroot/wirefeeds/world/8164159.shtml
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    lobo_gris, 29 Jul 2012

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    #61

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    Con todo respeto, nuevamente vuelvo reiterar que al parecer unos cófrades confunden el tema, de la Pucp con la Iglesia Católica con el de la simpatía por Cipriani.
     
    cacciatore, 29 Jul 2012

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    #62
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    Si Cipriani muriera mañana las autoridades de esa universidad quedarian sin argumentos para explicar a sus alumnos todo lo que les está por venir. Debe ser jodido ser estudiante en esa institución, todo va a cambiar de ahora en adelante, comenzando por la mudanza a algun terreno fuera de Lima (porque areas de ese tamaño dentro del casco urbano no existen en disponibilidad).

    A lo mejor se ponen otro nombre falso, como "Universidad Judia", con Macabiadas y toda la vaina hipócrita colateral para ver si estafan (de una avezada manera) a la colonia hebrea y consiguen que les "cedan" las instalaciones del Club Hebráica. Segurito que despues de unos cuantos años les voltean la torta y fundan un campamento neonazi dentro de sus "instalaciones". Dales la mano a estos sátrapas y se te suben hasta las axilas.


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    inxs, 29 Jul 2012

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    #63
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    Esto es un supuesto falso imagino ... si del tema legal se trata este no sera resuelto en no menos de 10 años (yo diria que da para mas inclusive) asi que hay tiempo para que los actuales alumnos terminen sus estudios y los nuevos tomen o no la decision de estudiar en ella.
    .
     
    lobo_gris, 29 Jul 2012

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    #64

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    Entrevista rector Marcial Rubio Correa en CNN en español


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    Última edición por un moderador: 21 Dic 2016
    lobo_gris, 30 Jul 2012

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    #65

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    Con esa Administración es posible que la ex PUCP pierda el Fundo Pando en menos de tres años. Mas les vale cambiar de Administradores y de Asesores Jurídicos (a lo mejor de otra Universidad) ahora mismo, para que asi puedan alargar su agonía unos cuantos años mas. Lo que es, ES, solo les queda hacerla larga.


    Inxs

    Pd.- ¿Conspiracion Vaticana? ................. Bertoni & Cipriani Vs. la ex PUCP? ....... ¿Tan importante se creen? .... ¿Tan importante creen a Cipriani?...... ¿El Código da Vinci?...... ¿Los Borgia?
     
    inxs, 31 Jul 2012

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    #66
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    Bueno, entonces recomendarles a Cipriani y Cia la Santa Paciencia, pues con la Justicia Peruana uffffffffff la van a necesitar, ademas que proporcionalmente la parte en conflicto no puede determinarla titularidad del todo (salvo que el juez sea Villa Frankenstein claro esta) ... pero que recuerden siempre, "No hay juicio que dure mil años, ni sotana que los resista" ... plop !!!
    .
     
    lobo_gris, 31 Jul 2012

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    #67

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    la iglesia católica tiene más de 2000 años, creo que puede esperar algunos años para resolver el presente caso
     
    cacciatore, 31 Jul 2012

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    #68
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    La Iglesia Catolica talvez pero Cipriani y Cia ... creo que van a invocar a todos lo santos y "no tan santos" para que no sea asi ... plop !!!
    .
     
    lobo_gris, 31 Jul 2012

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    #69

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    De nuevo Cipriani?, creí que el tema era entre la PUCP y el Vaticano, Cipriani y/o Rubio pueden fallecer mañana y aún el conflicto continuaría
     
    cacciatore, 31 Jul 2012

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    #70
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    Genial Carlin, como siempre genial.

    El asunto de la Catolica VS el Vaticano es simple señores, son los dolores de parto (necesarios) entre entre la opresion religiosa vs la libertad de pensamiento, entre los cachacos de la ideas y los rebeldes de pensamiento, entre quienes buscan el cambio y quienes lo censuran, entre lo nuevo y lo viejo.

    Depende de ti de que lado estas. ;)
     
    Alex_Alonso, 31 Jul 2012

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    #71

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    Las leyes del Estado Vaticano NO pueden estar por encima de las leyes Estado Peruano. Jamás.

    La PUCP seguirá siendo la PUCP si así lo desea, protegida y auspiciada por la Normatividad Peruana.

    Allá y más allá los que quieran alienarse a las leyes de otro estado; lejos, pero, pero muy lejos, los que, por odio, resentimiento e ideas retorcidas, se bajan los pantalones ante Cipriani y Cia., pues aunque lo nieguen, todo este embrollo ha sido fabricado y promovido por Cipriani y Cia., el fujimorista, corrupto y complice de los violadores de derechos humanos, de los cobardes y tiranos; aunque lo niegues, ahí esta él, maquinando y envenando, para gozo de aquellos.

    ¿Alienarse al Vaticano y a Cipriani?, que no joroben. La honradez, la sensatez, la decencia, el honor...como siempre, triunfará...ya pasó la epoca de los tiranos.



    Saludos
     
    PajaroBravo, 31 Jul 2012

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    #72
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    Estos IZQUIERDISTAS HIPOCRITAS, no les conviene que les quiten la denominacion PONTIFICIA ni CATOLICA, por que asi pueden ESTAFAR Y GANAR MAS DINERO, en cambio si les ponen como deberia ser UNIVERSIDAD COMUNISTA, UNIVERSIDAD IZQUIERDISTA o UNIVERSIDAD CAVIAR, EL NEGOCIO SE LES VIENE ABAJO
     
    JACI2, 31 Jul 2012

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    #73
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    A dos pasos del Troca
    Señor este pedido de alineamiento a las reglas de Universidad Pontificia y Catolica se viene pidiendo desde hace 30 años atras cuando un grupo de "Izquierdistas Caviares" les llego al chompiras la Iglesia y cambiaron e hicieron lo que quisieron.... aca no se trata de Cipriani o la Iglesia si mañana Cipriani MUERE igualito seguira el proceso.. no nos guiemos de apasionamientos sonsos........ Pienso yo que no habria problema en que se pueda llamar PUCP... el problema esta en que nunca se podran llamar Pontificia Universidad Catolica del Peru.. derrepente se llamara Primera Universidad Caviar del Peru PUCP... Y le sugiero que pueda leer un poco mas acerca de el Derecho Internacional.. este caso es como si fuera una franquicia.. desgraciadamente la culpa de todo es del Rector estupido que tiene esa universidad... y dejenme decirles que ni siquisera esta universidad figura entre las 1000 primeras del mundo esta como en el puesto 2800 abajo de universidades haitianas....
     
    roccocucho, 31 Jul 2012

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    #74
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    Pero nadie obliga ni coacciona a la ex Universidd Católica a someterse al Vaticano. Esa Universidad es libre de ser comunista, socialista, liberal, ultra derechista......... o lo que de la gana de ser. Es libre de mantener hipócritamente sus títulos, a la fuerza. Si es caradura lo hará.

    Un ejemplo que le cae como anillo al dedo: El caso de una mujer ultra snob, que luego del divorcio pretendió seguir usando el apellido del marido, únicamente porque sonaba "mas bonito". Ese fue el caso de una animadora de apellido Crovetti (por ser esposa del Dr. Crovetti) que fue ampayada trampeando con un alto directivo de Pantel...., tiempo despues el Dr. le tuvo que enviar una carta notarial para que deje de usar públicamente su apellido. Muy a su pesar la dama tuvo que usar su apellido real que era Balarin, al parecer le gustaba menos que el apellido que ella misma deshonró. Sin sangre en la cara argumento que seguía usando el apellido del ex porque que "ya la conocian como Crovetti".

    El tema de fondo no es el nombre, el tema de fondo debe ser la devolucion del Fundo Pando. Millones de dólares se han construido sobre terreno ajeno, según el Codigo Civil quien construye sobre terreno ajeno a sabiendas, no tiene opción a reclamar indemnización, mejor dicho lo pierde todo.

    Apuesto que en el mediano plazo se impondra el concepto de "lo conveniente", emergeran las voces pensantes desde dentro de esa universidad y haran saber su población que esta precaria situación tiene culpables, y no necesariamente de parte de la Iglesia. Marcial Rubio sera retirado y los sectores mas conservadores aprovecharan esa situacion para desalojar a los caviares del Rectorado. Y no sera gol de Cipriani, mas bien sera un autogol de Rubio.


    Inxs
     
    inxs, 31 Jul 2012

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    #75

    cazadordedemonios

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    http://www.tc./jurisprudencia/2010/03347-2009-AA.htmlEXP.N.º 03347-2009-PA/TCLIMAPONTIFICIAUNIVERSIDAD CATÓLICADEL PERÚ (PUCP) SENTENCIADEL TRIBUNAL CONSTITUCIONALEnLima, a los 17 días del mes de marzo de 2010, el Tribunal Constitucional ensesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados VergaraGotelli, Mesía Ramírez, Beaumont Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y ÁlvarezMiranda, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de voto delmagistrado Vergara Gotelli, y los votos singulares de los magistrados BeaumontCallirgos y Eto Cruz, que se agregan.ASUNTORecursode agravio constitucional interpuesto por la Pontificia Universidad Católicadel Perú contra la sentencia de la Octava Sala Civil de la Corte Superior deJusticia de Lima, de fojas 939, su fecha 24 de marzo de 2009, que declaróimprocedente la demanda de autos.FUNDAMENTOS………………………………………………………………………………………………………20. Este Tribunal considera que quien recibe unbien sujeto a un cargo no puede sentirse despojado o amenazado en su derechoconstitucional a la propiedad porque se quiera hacer cumplir el cargo, porcuanto su propiedad soporta esta modalidad del negocio jurídico testamentarioque le ha sido impuesta, precisamente, por quien sin estar obligado legalmentea ello, decidió dejarle en herencia los bienes. No obstante, corresponderádeterminar infra, cuál es la naturaleza y los alcances exactos de dicho cargo.Veamos:I.La cuestión central.- El tema primordial de todo el contencioso que viene aeste supremo intérprete, es determinar cuál de los testamentos de Riva Agüero yOsma debe prevalecer. II.Los elementos sustantivos.- Don José de la Riva Agüero y Osma, antes de fallecer,dejó 4 testamentos labrados de modo sucesivo y secuencial: en 1933, 1935, 1938y 1939. En todos ellos la Universidad Católica fue anotada como la herederaprincipal de sus bienes, y en esta determinación, los sujetos de derechoinvolucrados en la disputa no manifiestan desavenencia alguna, excepto en laparte que, entre dos de estos testamentos (el de 1933 y el de 1938), eltestador imprime su voluntad de manera distinta, sobre determinados elementos ycondicionantes que, el heredero, deberá cumplir de manera invariable yperpetua, sobre la administración general de los bienes heredados, así comorespecto a ciertas mandas y encargos puntuales.III. Los contrastes entre el Testamento de 1933 yel Testamento de 1938. Una de laspartes, constituida por la PUCP –a través de ingeniosos argumentos–, a partirde 1994, viene sosteniendo que, aquello que se estipuló en el testamento de1933, debe primar sobre lo que constituyó la última voluntad del testador, esdecir, sobre lo que Riva Agüero determinó en 1938, mientras que la posición dela otra parte sostiene que el testamento posterior modificó al primero.Examinemoslos textos pertinentes en juego de ambos testamentos: Enel Testamento de 1933, se estipula:“Instituyopor mi heredera a la Universidad Católica del Perú, la que tendrá el usufructode mis bienes, recibiendo sus productos de la Junta Administradora; y losadquirirá en propiedad absoluta dicha Universidad Católica del Perú,entregándoselos la Junta Administradora sólo si la Universidad Católicaexistiera al vigésimo año contado desde el día de mi fallecimiento”.Cincoaños después, en el Testamento de 1938 (cláusula quinta) se estipula:“Parael sostenimiento de la Universidad Católica de Lima, a la que instituyo porprincipal heredera y para los demás encargos, legados y mandas, que en mistestamentos cerrados establezco, pongo como condición insustituible y nombrocomo administradora perpetua de mis bienes, una Junta que será al propio tiempola de mi albaceazgo mancomunado, por indeterminado plazo que se lo concedo yprorrogo de modo expreso…”.(negritas agregadas).IV.La Junta Administradora.- La composición de la Junta Administradora, siguiendola voluntad del testador, devino en la intervención y participación del Rectorde la PUCP y de quien fue designado por el Arzobispo de Lima. Y bajo talcomposición, que conformó la Junta Administradora para el sostenimiento de laUniversidad, participó y actuó en las decisiones propias de dirección ygestión, es decir, en las tareas inherentes a la administración, durantecincuenta años después de fallecido el testador y durante treinta años, desdeque se le entregó la propiedad de los bienes a la PUCP (desde octubre de 1964,en que se cumplieron los veinte años desde el fallecimiento del testador, hastajulio de 1994), interviniendo en transacciones comerciales de importancia sobrelos bienes legados por Riva Agüero a la PUCP.V.El legado de Riva Agüero y los Registros Públicos.- La PUCP, a través de laJunta Administradora de la Herencia Riva Agüero (diciembre de 1957), requiriójudicialmente que se le reconozca la propiedad del legado del causante y, enmérito de un auto judicial, expedido por el Juez Velasco Gallo, en el asientocorrespondiente de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble (Partida49038155), de conformidad a lo solicitado por el interesado. Así, en el autodel Juez indicado, se consigna en la parte correspondiente lo siguiente:“…..La Pontificia Universidad Católica del Perú es propietaria del inmuebleinscrito en esta partida en su condición de heredera de don José de la RivaAgüero y Osma, conforme al testamento ológrafo de primero de setiembre de milnovecientos treinta y ocho que modificó las disposiciones del anterior de tresde diciembre de mil novecientos treinta y tres…”. (negritas agregadas).Yen esta materia debe señalarse algo de sumo interés: La PUCP registró a sunombre la propiedad de los bienes heredados antes del plazo estipulado en elTestamento de 1933, toda vez que se consideró que el testamento de 1938 lohabía modificado. En efecto, si la PUCP hubiese respetado el testamento de 1933recién hubiere pedido el registro de la propiedad de la Herencia Riva Agüero enoctubre de 1964 o fecha posterior, pues el causante falleció el 25 de octubrede 1944 y los 20 años recién se hubiesen cumplido por aquel entonces. No fueasí. Lo hizo en Diciembre de 1957, consciente de que el Testamento de 1938modificó la voluntad contenida en el Testamento de 1933. Y en todo caso,además, sea desde 1957 o 1964, lo cierto y definitivo es que la JuntaAdministradora, conforme veremos más adelante, continuó ejerciendo lasfunciones encomendadas por el testador por 30 años o más, pues las mantuvofirme e ininterrumpidamente hasta 1994.……………………………………………………………………………………………………….IX.Las técnicas jurídicas en la interpretación de testamentos sucesivos.- Conformese adelantó en la parte inicial de la presente sentencia, el fondo sustancialdel contencioso que sostienen la PUCP y el Arzobispado se contraefundamentalmente a que se determine, de manera meridiana, cuál de las cláusulaspertinentes que figuran en los testamentos de 1933, versus el de 1938, debeprimar. Este es un punto esencial que no es soslayado por este Tribunal almomento de fallar sobre el recurso de agravio constitucional planteado, entanto que tal dirimencia, en razón de la lógica jurídica de los fallos,constituye la base primordial que lo sustenta.Yes en atención a tal necesidad que, más adelante, se consignan determinadosconceptos sobre la interpretación de los testamentos sucesivos, habida cuentaque su propósito es coadyuvar a una mejor comprensión de la litis planteada.1.Los testamentos secuenciales y sucesivos.- Infinidad de tratadistas y dejurisprudencia consideran que, la voluntad del testador, tiene los mismosalcances que la ley para las partes concernidas. Y a estos efectos, se ciernenhacia postestamentos determinados principios aplicables a la ley. “Ninguna leyse deroga sino por otra ley”, principio del que se colige que una ley posteriorprima sobre la anterior. El mismo principio es aplicable al hecho de que, sihubiere varios testamentos secuenciales, sucesivos y opuestos, el posteriorelimina al anterior, pues lo que cuenta es la última voluntad del causante. Siuna persona que es nombrada como heredera en un testamento, y tal nombramientoes retirado en uno posterior, simplemente tal persona no puede ser consideradacomo heredera.Deotro lado, y de la misma manera en que una ley posterior puede modificarparcialmente una anterior, modificación que puede ser de adición o desupresión, sobre todo o parte de alguna cláusula o contenido, tal raciociniotambién impera de manera límpida en los testamentos sucesivos.Enatención a lo anterior se tiene que, si bien Riva Agüero instituyó por herederaprincipal de sus bienes, en su testamento de 1933, a la Universidad Católica,bajo ciertas condiciones de temporalidad relativas al usufructo inicial de losbienes y posterior entrega en propiedad de los mismos, no es menos cierto queen su testamento de 1938, el testador modifica el de 1933. Pero estamodificación no altera la entrega en propiedad de sus bienes a la referidauniversidad, la modificación se origina o se crea a través de un nuevo elementoque aparece en calidad de adición: el testador impone la obligación consistenteen disponer, con legítimo e incuestionable derecho, de que sea una JuntaAdministradora insustituible la que, con carácter de perpetuidad, administrelos bienes que son de propiedad y para beneficio y sostenimiento de laheredera: la Universidad Católica del Perú.………………………………………………………………………………………………………Porestos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confierela Constitución Política del PerúHARESUELTODeclararINFUNDADO el recurso de agravio constitucional interpuesto por la PUCP.Publíquesey notifíquese.SS.VERGARAGOTELLIMESIARAMÍREZCALLEHAYENÁLVAREZMIRANDA
     
    cazadordedemonios, 1 Ago 2012

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    Las autoridades de la ex PUCP recien estan tomando conciencia de sus burradas. Acá declaraciones de su Vicerrectora Pepi Patrón, que mas parece la arenga barata de un traficante de terrenos:


    Inxs
     
    inxs, 2 Ago 2012

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    La ex rectora tiene razon, solo con la Fuerza del maestro YODA los pueden sacar, porque en lo legal la respuesta del Vaticano tiene mucho menos relevancia juridica que un memo de Mc Donald's. ahora le tca a Cipriani llebvar el asunto a la corte peruana y si no le satisface el resultado puede irse al TC.

    Mejor que Cipriani se cambie a la verdadera religion: El Jedi-ismo
     
    Hache, 4 Ago 2012

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    Si a alguien le interesa saber algo más sobre los orígenes del conflicto, puede leer este artículo, que si bien está desactualizado, detalla muchos hechos que deben ser conocidos para emitir una opinión coherente.

    http://textos.pucp.edu.pe/pdf/318.pdf

    Encuentro un error de concepto al indicar que por el solo hecho de ser iglesia, la institución que la gobierna (Vaticano), deba mostrarse de forma servil ante los arrebatos de gente que no respeta sus creencias.

    ¿Puede por ejemplo una institución ligada al catolicismo aprobar el aborto? ¿O considerar, mas allá del respeto que merezca la conunidad homosexual, esta practica como algo natural?

    Algunos de ustedes indican que la iglesia es una institución podrida. Eso no es o que se discute aquí, sobre este punto cada cual tendrá sus opiniones. . Lo que importa es si tiene derecho o no a usar los nombres, aunque esto es solo el principio de sus problemas.

    Al no ser, si se quiere usar la palabra "aprobada" por el Vaticano, independientemente de que quiera llamarse "Muy Católica y Santísima Universidad de las 10,000 virgenes", la interpretación del testamento podría hacer que los bienes reviertan a la iglesia, ya que la ex PUCP no la representarían adecuadamente a ella y sus valores. Claro que estro durará años, pero el final es previsible, aunque mucho, con gran temeridad, opinen que la Ley peruana puede estar por encima de tratados internacionales (ligen esto con su forma de pensar respecto al diferendo con Chile y lo más probable es que encuentren una contradicción en su forma de pensar).

    Los que critican la forma de pensar de Cipriani como anticuada y retrógrada, no pueden entender que la iglesia también puede ser ejecutiva y gerenciar, y Cipriani, a diferencia de sus predecesores, ha sido educado para esto, pues es ingeniero y se puede comer con zapatos y todo a los "juristas" de la ex PUCP.
     
    alcaravan, 4 Ago 2012

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    lobo_gris

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    Culpan a Cipriani y Rubio por litigio

    Viernes 10 de agosto del 2012 | 07:12
    Según encuesta de Datum, el 37% cree que el cardenal es el responsable y el 34% considera que es el rector. El 47% afirma que PUCP debe acatar la disposición del Vaticano, y el 45% sostiene lo contrario.


    Los culpan a los dos. Para la población, tanto el cardenal Juan Luis Cipriani como el rector de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), Marcial Rubio, son los causantes, en similar medida, del litigio que los enfrenta, con 37% y 34%, respectivamente.
    La ciudadanía también está dividida sobre el fondo del problema: el 47% cree que se debe acatar la resolución del Vaticano, y el 45% piensa lo contrario.

    Culpan a Cipriani y Rubio por litigio - Política | Perú 21

    PD: no sera que el opus dei al ver los pobres resultados de su ridicula y mediocre universidad de piura no tuvo mejor idea que tomar por asalto la PUCP ???
    .
     
    lobo_gris, 10 Ago 2012

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    #80
    A cazadordedemonios le gusta esto.

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