Los sueldos del clero, incluido el de Cipriani.

Tema en 'Actualidad Peruana' iniciado por incubbo, 7 Dic 2011.

    drais

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    El Concordato se firmó el 18 de julio y entro en vigencia diez días después, es decir, bajo el marco de la nueva constitución

    Y si le respondí su propuesta. Los impuestos son para todos, católicos, evangélicos y secularizados. Pagaban FONAVI todos, los que tenían casa y quienes la alquilaban. Hay realidades históricas y sociales que no se pueden tapar con unas cuantas críticas. La mayor parte de la población peruana es católica. Allí está el texto para que lo lea.

    Artículo 8º.-El sistema de subvenciones para las personas, obras y servicios de la Iglesia Católica seguirá como hasta ahora. Las asignaciones personales no tienen el carácter de sueldo ni de honorarios, por tanto no constituyen renta sujeta a tributación.


    . UOTE=The_Visitor;2044601]
     
    drais, 13 Dic 2011

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    #21

    Oruga06

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    Bueno mi punto de vista es que ya los religiosos hacen voto de pobreza, me parece ofensivo hacia la iglesia ofrecerles tan voluminosas subvenciones. Creo que con darles una subvencion simbolica de un sol a cada religioso no habria problema ni tanto arañazo no?
    Total como decia el cofrade Drais, estos tienen profesiones y rentas de las cuales obtienen dinero no?
     
    Oruga06, 18 Dic 2011

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    #22

    drais

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    Y como tal es una obligación asumida de Estado a Estado. Su propuesta no tiene sentido porque el Estado decidió resolver el estatus de la Iglesia Católica de esa forma. Además las asignaciones son modestas, nada que ver con los sueldos de los congresistas o la planilla dorada del PNUD.

    “DECRETO SUPREMO N° 146-91-EF
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    CONSIDERANDO:




    Que, el Decreto Supremo N° 275-89-EF del 23 de noviembre de 1989, estableció las referencias para fijar los montos de las asignaciones de personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia;

    Que, es justicia asegurar un tratamiento a tales asignaciones en armonía y con referencia al Decreto Supremo N° 032-91-PCM del 30 de enero de 1991, en cumplimiento de la colaboración que por mandato de la Constitución Política presta el estado a la Iglesia Católica;

    DECRETA:
    Artículo 1°. Modifíquese las referencias establecidas en el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 275-89-EF, en la forma siguiente :

    a) Cardenal, Arzobispo Primado, equivalente al 100% del Monto Único de Remuneraciones Total de un Ministro de Estado.
    b) Arzobispo, Arzobispo-Obispo, equivalente al 80% de la Remuneración Total de un Viceministro de Estado.
    c) Obispo, Prelado, Vicario Apostólico, Obispo Secretario del Episcopado, equivalente al 60% de la Remuneración Total de un Viceministro de Estado.
    d) Obispo Auxiliar, equivalente al 40% de la Remuneración Total de un Viceministro de Estado.
    e) Vicario General, Auxiliar Delegado, Secretario Adjunto del Episcopado, Vicario Episcopal, equivalente al 20% de la Remuneración Total de un Viceministro de Estado.
    f) Deán, Arcediano, Chantre, Maestrescuela, Tesorero, Canónigo, Consejero, equivalente al 20% de la Remuneración Total de Director de Ministerio.
    g) Otros cargos, equivalente al 10% de la Remuneración Total de Director de Ministerio.
    h) Monaguillo, equivalente al 5% de la Remuneración Total de un Director de Ministerio.
    Artículo 2°. La escala establecida en el artículo anterior se aplicará a partir del 1 de junio de 1991.

    Artículo 3°. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y por los Ministros de Justicia (**) y de Economía y Finanzas.
    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno.
    ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, Presidente Constitucional de la República.
    CARLOS TORRES Y TORRES LARA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores.
    CARLOS BOLOÑA BEHR. Ministro de Economía y Finanzas.
    AUGUSTO ANTONIOLI VÁSQUEZ, Ministro de Justicia”.

    El Concordato de 1980, firmado con el nombre de Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú 4 días antes del cambio de mando de Morales Bermúdez a Belaunde, respalda este Decreto Supremo y exime estas asignaciones de los impuestos correspondientes a cualquier sueldo u honorario. Veamos lo que dice el Concordato: “ARTÍCULO VIII. El sistema de subvenciones para las personas, obras y servicios de la Iglesia Católica seguirá como hasta ahora [comentario introducido por el autor de esta nota: esto se refiere a que, antes del Concordato, se les otorgaba los mismos beneficios, ya que, hasta la Constitución Política de 1979, el catolicismo era considerado religión oficial del Estado peruano, lo que cambió a partir de ese año]. Las asignaciones personales no tienen el carácter de sueldo ni de honorarios, por tanto no constituyen renta sujeta a tributación”.


     
    drais, 18 Dic 2011

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    #23

    cazadordedemonios

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    El Decreto Supremo 145-91-DF, fue firmado por el ex Presidente Alberto Fujimori, a quien Cipriani apoyó en temas como la pena de muerte y otros. Si bien es cierto que el Concordato entre Perú y el Vaticano es un tratado internacional, el asunto es como se regulan las asignaciones de los representantes de la Iglesia Católica. Los representantes de la Iglesia Católica deben predicar con el ejemplo, si predican la humildad, porque entonces beneficiarse con sueldos elevados, ganar como un Ministro es una cachetada a la probreza en nuestro país. San Francisco de Asís fue el fundador de la orden franciscana, predicando la humildad de nuestro Señor Jesucristo.
     
    cazadordedemonios, 23 Dic 2011

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    #24

    ZAYAS

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    el clero se vincula con la política, alli hay una compensacion camuflada en cuestion de sueldos y de pago de arbitrios entre otros aspectos
     
    ZAYAS, 31 Dic 2011

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    #25

    AmonRaa

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    para mi lo justo es que si el Perú es un estado Laico, y paga un sueldo al clero de la iglesia catolica, tambien deberia de pagar ese mismo porcentaje a los "dirigentes" de las demas religiones, llamese, evangelicas, testigos de jehova, etc que abundan en nuestro pais.

    lo de laico solo es de nombre, por que se sabe que el pago del estado a la religion catolica es por conveniencia, para pedir apoyo de la iglesia cuando el estado lo necesita, si no como se explica que cuando hay alguna revuelta en el pais(conga hace poco), miembros de esta religion catolica(padre, curas, obispos), se presentan como "mediadores", esa es una de las maneras de retribuir de los catolicos por el dineral que reciben.

    Lo cierto es que es un tema muy complejo, puesto que la iglesia es tambien un poder de manejo de masas a nivel mundial, respaldado por los gobiernos mas poderosos.

    los mienbros del clero deberian de pagar impuestos por el dinero que le da el estado, como a todos nosotros. :):)
     
    AmonRaa, 11 Ene 2012

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    #26

    drais

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    Laico es que el Estado en su esfera no admite manifestaciones religiosas. Así, por ejemplo, el Estado laico no incluye la enseñanza de la religión en las escuelas públicas ni manifestaciones de culto como el tener invocaciones religiosas de sus instituciones religiosas.Por ejemplo, los ministros de Estado no juran su cargo frente a un cricifijo. Ojo, un Estado laico también firma concordatos con el Vaticano y le otorga privilegios por su rol social.

    No confesional significa que el Estado no tiene manifestaciones religiosas oficiales, pero reconoce y ejerce muchas en su vida práctica. Es el caso del Perú, en donde la religión no es criterio de selección para acceder a los cargos públicos. Empero las instituciones mantienen sus tradiciones religiosas según la cultura del país (léase el Señor del Mar en la MGP, la Virgen de las Mercedes para las Fuerzas Armadas).

    El Perú es un estado no confesional.

    El laicismo es una posición política de otros estados como Francia y México. En ambos países esa tendencia iba de la mano con un furibundo anticlericalismo.

     
    drais, 11 Ene 2012

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    #27

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    Siempre he querido saber que hacen con el sueldo que parece no es poco que ganan???? alguna idea???? alguien que sepa?????????????
     
    Neo_, 14 Ene 2012

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    #28

    drais

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    Una buena parte se va a gastos personales y aporte a su fondo de pensión. Los sacerdotes y monjas también se jubilan y tienen que cubrir su vejez. No ganan mucho, como se afirma maliciosamente.


     
    drais, 14 Ene 2012

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    #29

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    #30

    Neo_

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    Neo_, 15 Ene 2012

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    #31

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    Es una norma de 1989, pero con los cambios monetarios, inflación y caos salarial del Estado no llegan en general a los salarios que se menciona.


     
    drais, 15 Ene 2012

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    #32
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    lobo_gris, 26 Ene 2012

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    #33

    drais

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    Y en el Perú se actúa según las instrucciones del propio Papa sobre el tema.

    ¿Quiere ver un caso de pedrastría? Hoy salió en El Comercio el caso de un menor de 16 años violado en el INABIF.

    ¿Ve un cura metido en eso?


     
    drais, 26 Ene 2012

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    #34

    Falcon-X

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    La idea es que se quiera o no, en la Iglesia Católica Peruana se está pagando indirectamente una especie... digamoslo de "diezmo" (claro que no es el 10% sino muchísimo menos) así como se paga en otras religiones (donde si te piden el 10% de lo que ganas lo cual si considero excesivo, pero bueno, cada religión con sus leyes y reglas) para sustentar la manutección de las autoridades religiosas y de la Iglesia en su conjunto incluidas las labores de bien religioso. Esa es la realidad de las leyes en el Perú.

    Claro que los que no son católicos aunque sean minoría también terminan pagando indirectamente esa cuota ya que no habría forma de discriminar quien debe pagar o no, o sea las minorías están pagando también los salarios de las autoridades católicas aquí... pero mírenlo de esta forma: es un porcentaje muy bajo de los impuestos, cuanto puede representar el sueldo del cardenal, obispos, sacerdotes y demás autoridades del total recaudado? Además están ejerciendo una actividad de bien religioso que creo que está bien que sea remunerada. Están haciendo una labor más loable que la de muchas autoridades del Estado las cuales hasta tienen la frescura de subirse los sueldos por voluntad propia como los congresistas y aquí todos "felices" ya hasta nos acostumbramos a esos hechos. A las autoridades de la Iglesia Católica Peruana los sueldos los define el Estado.

    Una opción sería que se le paguen a todas las autoridades religiosas... pero que sucedería si se establece eso y luego algún "profeta" crea su religión particular para reclamar un salario? Otra salida sería que no se pague a nadie, pero tampoco es justo porque la Iglesia Católica Peruana ha participado activamente en la construcción de la sociedad peruana desde sus inicios, más que ningún otro credo por lo que no podemos ser tan tajantes en romper esto por el solo hecho de que se vea una aparente preferencia de trato en el Estado a la Iglesia Católica o una animadversión hacia algunas personas que forman parte de la autoridad en la misma.

    Debemos ver todo esto como algo que va más alla de las personas y como un gesto de reconocimiento del Estado que representa a la sociedad hacia toda esa labor desplegada de la Iglesia a lo largo de la historia del Perú y si ha habido algunos hechos negativos (que tal vez algunos van a desear mostrarlos para anular esta afirmación) hay que observar que la Iglesia como toda institución está formada por personas las cuales no son perfectas, pero que fuera de eso tiene una función muy importante dentro del proceso de formación de la sociedad peruana.
     
    Falcon-X, 26 Ene 2012

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    #35
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    lobo_gris, 27 Ene 2012

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    #36

    kermus

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    lobo_gris: también hay casos de docentes que violan menores, pederastas abominables, pero ello no podría ser usado como argumento para quitarles el sueldo a todo el gremio docente; de la misma manera indicar casos de pederastía no de la Iglesia Católica sino de sacerdotes de la misma no sería en mi opinión un argumento muy sólido para quitarles el sueldo.

    Creo que más razonable es indicar que como no todo el país es católico, yo no lo soy, ni es la única religión, que no se les asigne sueldos y que cuando el presidente vaya a ceremonias de la iglesia lo haga a nombre personal y no como representante del país. Pero siendo parte de la historía desde el arribo de nuestros tatarabuelos hispanos (porque en parte parece que todos tenemos algo de ellos) sí se les debe dar reconocimiento histórico a sus contribuciones como son diccionarios de nuestros idiomas, penetración territorial en nuestra selva, catálogos y muestrarios de especies animales y vegetales, obras arquitectónicas notables como la Compañía de Jesús en Arequipa y Cusco, el monasterio de Santa Catalina, etc, sin olvidar mencionar lo negativo como la destrucción de arquitectura sagrada como el Coricancha, destrucción de patrimonio sacro (en esa terrible campaña de "extirpación de idolatrías"), complicidad en robo como sucedió con ese cura socio de Pizarro que usó su biblia como instrumento de engaño y mentira, etcétera.

    Una Institución siempre está más allá de las personas. Sancionar a la primera por defectos de los últimos no puede ser válido pues de lo contrario ninguna institución (Congreso, presidencia, Poder Judicial ni qué decir) podría sobrevivir; casos como pederastía o corrupción no es un problema institucional sino de las personas, un sacerdote/docente/abogado/médico pedófilo no lo es porque sea sacerdote/docente/abogado/médico sino por un mal proveniente de su formación como persona, no como profesional.
     
    kermus, 28 Ene 2012

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    #37
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