Acaso otro cofra perutopsista descubierto en Arequipa?

Tema en 'Humor y curiosidades' iniciado por MISTERIOZXC, 18 Ene 2012.

    MISTERIOZXC

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    Acaso otro cofra descubierto?, ayer revisando los diarios de circulación local me tope con esta noticia en el diario “Trome” edición sur, en la cual narra como fue atrapado con las manos en la masa un supuesto cofrade characato, la misma que transcribo a continuación:

    MECÁNICO TOMABA FOTOS A “TRASEROS” DE CHICAS.

    AREQUIPA. Un mecánico fue intervenido por agentes policiales tras ser sorprendido tomando con su celular fotografías nada menos que a los glúteos de tres jovencitas, en el Cercado; mientras que en su teléfono había más fotos de mujeres e imágenes con contenido pornográfico.
    Se trata de Larry Jhon Muñoz Álvarez (38), quien fue intervenido alrededor de las 10:30 de la mañana en la segunda cuadra de la calle Peral, frente al hospital Ex Obrero de EsSalud, en momentos que plasmaba las espaldas de las tres chicas sin que ellas se dieran cuenta.
    Dos efectivos de patrullaje a pie que caminaban por la zona observaron su mal comportamiento, pero este negó los cargos. Al revisarle sus pertenencias le encontraron el aparato donde hallaron las fotos de las estudiantes universitarias, por lo que fue llevado a la comisaría de Santa Marta para las investigaciones del caso.
    En la dependencia, los efectivos en el teléfono celular diez fotografías de diferentes mujeres y una carpeta con el nombre de Ros, donde según Larry Muñoz hay fotografías mientras mantiene relaciones sexuales con su pareja. El aparato fue lacrado y enviado al Ministerio Público para que sea analizado por peritos y especialistas en el tema; mientras que el sujeto quedó intervenido acusado por el delito de actos contra el pudor.
    Se supo que el sujeto es de la ciudad de Mollendo y se encontraba de paso por la ciudad de Arequipa. (Leslie Del Águila).


    Buscando la noticia en la red, la encontré tocada escuetamente en la edición nacional del mencionado diario, la cual esta desarrolada de la siguiente manera con la imagen del supuesto cofra perutopsista:

    [​IMG]

    Cofras como reflexión final, hay que tener mas cuidado al hacer nuestras tomas, si bien siempre se corre riesgo de ser descubierto, ser cauteloso no esta de mas.
     
    MISTERIOZXC, 18 Ene 2012

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    es el riesgo q siempre se corre...ya casi me sorprenden mas de 1 vez...pero hay q ser caradura y nervios de acero para pasar la situación :D
     
    ironhide, 18 Ene 2012

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    Asi agrrarian a los choros estos huevones
     
    Irracional, 18 Ene 2012

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    Pienso que está muy mal arrestar a alguien por tomar una foto al culo de una jerma...Los policias pierden el tiempo arrestando a los colegas vouyeristas, en vez de arrestar carteristas, cogoteros, marcas y demás lacras de la sociedad...Firme que esto parece una cortina de humo, para tapar el hecho que la inseguridad ciudadana crece a un nivel alarmante en todo el Perú.:mad:

    Alaoz
     
    Pastelero, 22 Ene 2012

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    ¿Y porque toma fotos al culo de las transeuntes es perutopista ?
     
    C.battory, 22 Ene 2012

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    #5

    kermus

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    Para que usted pueda tener una respuesta a su incógnita por favor remítase a los siguientes links:
    Uppies & Voyeur Nacional - Foro Kinesiologas Escorts Saunas Night Clubs Lima
    Y, para que vea material de Arequipa realizado por mi:
    http://perutops.com/foro-relax/f129/visitando-characatolandia-228436/index3.html

    Por ello si bien no se afirma que la persona intervenida y cuya identidad ha sido revelada sea perutopista de la cofradía de Arequipa bien podría serlo. Por supuesto este año y el anterior no hemos escuchado de grandes criminales tras las rejas ni de formas para controlar a los secuestradores que aun estando en prisión hacen de las suyas... Pero sí de operativos contra señoritas semidesnudas y clientes (lo cual no está penado por la ley)
     
    kermus, 22 Ene 2012

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    #6
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    creo que leproblema es cuando recalca que fueron tomadas a TRES JOVENCITAS ... QUIZAS EL PROBLEMA ESQUE FUERAN MENORES y/o se interprete como un modo de acoso a mujeres

    quizas tengan miedo de que se torne un violador U_U
     
    princess, 22 Ene 2012

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    #7

    kermus

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    Bueno, si fuesen menores entonces sí sería probablemente un problema de seguridad y de leyes y no estaría mal el arresto. Pero no lo creo, de lo contrario la acusación sería de pedofilia (eso es algo totalmente prohíbido y condenable) pero ha sido por fotografias. Estos arrestos en cambio son muestra de la incompetencia de la policía que debería arrestar delincuentes, y no hacer circo de estos casos.

    Como la nota no dice que sean menores de edad no se explicaría el arresto, en las noticias y eventos deportivos es común que los fotógrafos de los diarios capten imágenes de señoritas sin su consentimiento o sin que lo noten, y sin editar el rostro. Por lo cual la legislación no es muy clara, al parecer sólo los fotógrafos del periodismo tienen derecho al voyeur :D Aquí unos ejemplos, las dos primeras del mundial y las siguientes de una playa argentina en las cuales ninguna ha dado su consentimiento a ser fotografiada y publicada, además sin editar ningún rasgo de su identidad:
    [​IMG] [​IMG] [​IMG] [​IMG] [​IMG]

    Para mi esta noticia tiene el mismo morbo en su publicación que el que ostentaba el mecánico voyeur en su afición.
     
    kermus, 22 Ene 2012

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    #8
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    Cofra permitame corregir algunos puntos, en este caso si fuera menor de edad no configuraria el tipo penal de la pornografia infantil (pedofilia), en este caso de si serian menores de edad las agraviadas a las que se les toma la foto seria el delito de "Actos contra el pudor en menores" cuyo artículo del Código Penal Peruano dice:

    "Artículo 176-A.- Actos contra el pudor en menores
    El que sin propósito de tener acceso carnal regulado en el artículo 170, realiza sobre un menor de catorce años u obliga a éste a efectuar sobre sí mismo o tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor, será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad:

    1. Si la víctima tiene menos de siete años, con pena no menor de siete ni mayor de diez años.

    2. Si la víctima tiene de siete a menos de diez años, con pena no menor de seis ni mayor de nueve años.

    3. Si la víctima tiene de diez a menos de catorce años, con pena no menor de cinco ni mayor de ocho años.

    Si la víctima se encuentra en alguna de las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 173 o el acto tiene un carácter degradante o produce grave daño en la salud física o mental de la víctima que el agente pudo prever, la pena será no menor de diez ni mayor de doce años de pena privativa de libertad."


    Lo cual se diferencia con el artículo que señalo a continuación el cual es el referente a al condenable pornografía infantil:

    Artículo 183-A.- Pornografía infantil
    El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier medio incluido la internet, objetos, libros, escritos, imágenes visuales o auditivas, o realiza espectáculos en vivo de carácter pornográfico, en los cuales se utilice a personas de catorce y menos de dieciocho años de edad, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días multa.

    Cuando el menor tenga menos de catorce años de edad la pena será no menor de seis ni mayor de ocho años y con ciento cincuenta a trescientos sesenta y cinco días multa.

    Si la víctima se encuentra en alguna de las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 173, o si el agente actúa en calidad de integrante de una organización dedicada a la pornografía infantil la pena privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de doce años.

    De ser el caso, el agente será inhabilitado conforme al artículo 36, incisos 1, 2, 4 y 5.”



    Pero en este caso puntual del Mecanico a el lo acusan solo de Actos contra el pudor, delito que esta regulado de la siguiente manera:

    "Artículo 176.- Actos contra el pudor
    El que sin propósito de tener acceso carnal regulado por el artículo 170, con violencia o grave amenaza, realiza sobre una persona u obliga a ésta a efectuar sobre sí misma o sobre tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas o actos libidinosos contrarios al pudor, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años. La pena será no menor de cinco ni mayor de siete:

    1. Si el agente se encuentra en las agravantes previstas en el artículo 170 incisos 2, 3 y 4.

    2. Si la víctima se hallare en los supuestos de los artículos 171 y 172.

    3. Si el agente tuviere la condición de docente, auxiliar u otra vinculación académica que le confiera autoridad sobre la víctima."


     
    MISTERIOZXC, 22 Ene 2012

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    #9

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