Fuerza letal no podrá ser utilizada en el VRAE por soldados peruanos ... gracias TC

Tema en 'Actualidad Peruana' iniciado por Juan_Camaney, 16 Sep 2009.

    Juan_Camaney

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    TC declara fundada en parte demanda de inconstitucionalidad contra ley referida al uso de la fuerza

    El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 29166, que aprueba normas complementarias a la Ley Nº 28222 y las reglas del empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, en consecuencia:

    Inconstitucional el articulo 7º, que establece que “en las situaciones descritas, (…) y en caso necesario, el personal militar puede hacer uso de la fuerza letal”,

    incorporando la regla fundamental contenida en uno de los fundamentos de la sentencia, hasta que el legislador expida nueva regulación sobre la materia.

    (Fuente http://blog.dhperu.org/)

    :eek:
    Y cómo pretende el TC que luchen nuestros soldados en una zona donde el enemigo tiene fusiles con 500 metros de alcance y calibre pesado, mientras que nuestros soldados pelean de monte a monte con retrocargas de 70 metros de alcance? Con un Estado que

    1) Ahorra en el blindaje de los helicopteros
    2) Reduce las raciones de comida
    3) Prohibe que se use fuerza letal

    ¿Que les espera a los combatientes? Mejor peleemos con rata blancas y hondas, haber si asi el Tribunal Constitucional queda tranquilo.

    Juan Camaney
     
    Juan_Camaney, 16 Sep 2009

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    #1
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    Juan_Camaney

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    Uhmmm ...
    1.- Decir que porque los Sinchis (como se conocian a los militares en las partes altoandinas durante la epoca de violencia) cometieron atrocidad y media, como lo respalda el informe final de la CVR, se debería desarmar a los soldados es tan logico como decir que si se descubre un sereno colaborando con un traficante de drogas, se deberia desactivar el serenazgo de un distrito.
    2.- la lucha contra la corrupcion policial-militar no tiene que ser una actividad ex post o ex ante la guerra contra el terrorismo. Puede -y debe- darse simultaneamente, pues si nos ponemos a esperar a que se procese a todos los generales corruptos, ya sendero habra tomado el VRAE por completo. Ahi ya le cae su chiquita a los organos de justicia castrenses y al poder judicial.

    Institucionalidad solida, politicas estatales coordinadas, una justicia rapida y equilibrada y una sociedad unida son necesarios, y deben ser simultaneos. Tampoco nos queda de otra.

    Juan Camaney
     
    Juan_Camaney, 16 Sep 2009

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    #2

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    yo hace años estuve en ayacucho haciendo turismo y conversansdo con la gente del lugar note q ellos tiene mas odio hacia llos militares q hacia los terroristas , ya q ellos ( los militares ) fueron los q mataban mas pobladores q los senderistas , todo en aras de acabar con el terrorismos , pero me contaron que bastara con que los militares tuvieran hambre o sintieran rabia por no poder ganarle a los terrorista para deskitarse con los pobladores sin distincion de edades ni sexo , obviamente para no dejar testigos.

    todo eso no lo dicen por q saben q eso afectaria la imagen de las fuerzas armadas, PERO lo cierto es que HOY NUEVAMENTE EL APRA ESTA peridendo la guerra contra el terrorismo IGUAL QUE EN SU PRIMER gobiersno y en vez d eanikilarlo , deja q este se fortalezca y busca excusas para tapar su ineptitud , ahora kieren salir con psuedos planes A LARGO PLAZO , para poder asi salir del gobierno y deajrle el problema al siiguiente gobierno , para despues decir , NOSOTROS EMPEZAMOS LA LUCHA pero el gobierno actual no ha sabido terminarlo , PORQUE como siempre EL APRA SE LAVARA LAS MANOS y diran que los ineptos e inutiles son otros MENOS ELLOS.
     
    elmagno, 16 Sep 2009

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    #3

    drais

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    Hasta donde he seguido el caso, el fallo del TC no afecta las operaciones en el VRAE sino la intervención en situaciones como aquellas surgidas en Puno (2002) y otras similares los años posteriores. El efecto práctico del fallo es hacer más restrictivas las ROE (Reglas de Enfrentamiento) que rigen las acciones de las FF.AA. Obviamente esto es un error considerando que en las últimos los disturbios cada vez tienen un cariz más violento y la Policía se ha visto desbordada (Moquegua, Bagua). Es un error mezclar la situación actual con el pasado.
     
    drais, 16 Sep 2009

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    #4

    CARLO_123

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    El TC ... solo son un grupo de "juristas" q han llegado a ocupar tal posicion en base a arreglos politicos y negociaciones bajo la mesa ... responden a intereses ..... Y ademas viven en su "Torre de Marfil" ... esos tios estan convencidos q a los narco-tucos los vamos a derrotar a pañuelasos ... q es lo q en el fondo prentenden?
     
    CARLO_123, 16 Sep 2009

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    #5
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    GILGAMESH

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    en el corazon de ella, aunque lo niegue.
    cofrade juan, no se conocia como sinchi a los militares en zona de emergencia, sinchi es el nombre institucional que en aquella epoca en que aun contabamos con 3 distintas fuerzas policiales, g. civil, g. republicana y pip, se denominaba al miembro de la fuerza de operaciones especiales de la guardia republicana, osea al comando de la policia o simplemente al operativo policial, luego por extension la poblacion llamaba sinchi a cualquier policia en z.e, ahora luego de unificadas nuestras sacrosantas fuerzas de la ley... sic, los comandos de la pnp han conservado el "nominativo", y te lo digo con conocimiento de causa, pues el esposo de la hermana mayor de mi señora madre, un tio muy estimado, era o fue por esos años un recio oficial de la policia con cursos de operaciones especiales de diversos lugares, y era pues miembro de una unidad sinchi, hizo el curso de comando pachacutec en el ejercito del peru y otros incluso en el extranjero; esta unidad, era una de las mas agerridas unidades de operaciones especiales que hemos tenido, casi casi al nivel de los pachacutec de nuestro ejercito y foes de la marina, ojo hablo de años atras ah, epocas en las que habia autenticos policias, gente recia, con estudios, preparada y sobre todo curtida en sangre, como correspondia a aquellas epocas sanguinarias.... ahora la cosa en la policia ya sabemos que anda simplemente hasta las huevas..... a los militares generalmente se les llamaba cachacos o milicos, el chaplin tipico con el que comunmente se les conoce.... y sinchi se le llamaba generalmente y como correspondia al policia en zona de emergencia cuando era posible diferenciarlo del cachaco, cuando no era posible la poblacion mas bien se refereria en los terminos que hacian referencia a los operativos de nuestro ejercito, osea simplemente militar, cachaco o milico.

    he dicho..... :D

    saludos tio.
     
    GILGAMESH, 18 Sep 2009

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    #6
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    racso x hunter

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    TC corrige su fallo sobre la ley de uso de la fuerza militar

    El Tribunal Constitucional (TC) corrigió el fallo que declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad, presentada por 31 legisladores de la oposición, contra la Ley 29166, sobre el uso de la fuerza militar, y declaró improcedente el pedido de aclaración que había formulado el Congreso.

    Miembros del magistrado reconocieron que hubo un “error material” a la hora de redactar el documento.
    Un punto fundamental del fallo, que tiene que ver con el artículo 7 de la ley, en el que se determinan las situaciones en las que se hace uso de la fuerza, utilizan erróneamente el término “redactar”, cuando debió escribirse “interpretar”. Con esta precisión, se dice que “el posible conflicto generado con el Legislativo debe quedar saneado, ya que no se ha hecho una "legislación positiva”.
    Miembros de la oposicion dicen que el TC efectuó las modificaciones para evitar que sus miembros sean denunciados. Pese a la corrección, igual se promoverá una acusación constitucional contra los magistrados por usurpación de competencias.

    En conclusión
    El TC hizo dos correcciones al fallo sobre la ley del uso de la fuerza. El primero, referido al artículo 7 de la Ley 29166, dice que se debe reemplazar la palabra “redactado” por la expresión “interpretado”, que según el TC refleja de modo preciso la actividad interpretativa que sobre las leyes realiza el organismo.
    La otra subsanación, que tiene que ver con el artículo 10 de la misma ley, declara inconstitucional “capacidad del enemigo” y pide se considere en su reemplazo el término “capacidad del grupo hostil”.

    Una vez mas vemos la poca capacidad de nuestras autoridades.
     
    racso x hunter, 19 Sep 2009

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    #7

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