Preocupación por nueva legislación que sanciona a los puteros

Tema en 'Zona de Inicio y Off Tópic' iniciado por Gonzalet69, 25 Jun 2019.

    Gonzalet69

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    Preocupación por nueva legislación que sanciona a los puteros

    Quiero poner en debate el artículo del día de hoy, publicado por el periodista Aldo mariategui respecto a una nueva legislación que nos involucra directamente, como parroquianos, clientes o usuarios de las damiselas que alquilan sus caricias y sus orificios. Para alegría beneplácito y solas nuestro. Creo que una ley como la descrita no , solo nos afecta a nosotros como usuarios de servicios sexuales si no a las proveedoras de dicho servicio pues como es bien sabido la prostitución es un medio para obtener ingresos, mantener y ayudar a sus familias y lograr un ingreso, que en un país sin oportunidades como este es cuestión de putear o morir. Además que pone un arma en manos de rufiancillos, policías y putas para extorsionar a los clientes, que solo buscan, sana diversión en compañía de una suripanta. Además que criminaliza un acto que se da de forma legal y legítima en casi todo el mundo. Siendo esto una práctica con amplia aceptación y tradición en el Perú desde épocas prehispánicas. Saludos compañeros puteros y esperando su opinión informada, culta y alterada. Quedo.


    ¡Doce años para los puteros!

    Para ser un peruano puritano fascistoide que impone penas desmesuradas en situaciones que pueden ser ambiguas, no importa si eres fujimorista, aprista, derechista o de izquierda. Leí ayer en EC que del Congreso ha salido una reciente norma que le puede significar la cárcel a los clientes de prostitutas MAYORES de edad si es que la prostituta es víctima de “explotación sexual”. Este último término puede ser muy subjetivo y dar lugar a tremendos errores judiciales. Además, la pena es desmesurada: hasta doce años de cárcel.
    Esto en la práctica constituye una abolición indirecta de la prostitución. No soy un fan de ese oficio, que envilece y que rara vez es ejercido con alegría, pero soy aún menos fan de la estupidez: la prostitución no va a desaparecer, así como el consumo de drogas, por más que la sobrepenalices. Ya esto se ha intentado durante varios siglos, sin éxito. Además, no existe delito cuando cada uno hace lo que le da la gana con su cuerpo, si existe mayoría de edad y libre consentimiento. Lo más preocupante es lo ambiguo de la redacción, pues cualquier parroquiano puede ser fácilmente acusado de estar enterado de una situación de explotación que no tiene porque necesariamente conocerla, amén de lo absolutamente exagerado de la pena, como varios expertos advierten en EC. Lo más lisérgico es que esta norma absurda fue aprobada por el Pleno y pasó por el ministro de Justicia. Lean y juzguen: “Artículo 153-E. Cliente-explotador: El que, mediante una prestación económica o ventaja de cualquier naturaleza, tiene acceso carnal con una víctima de explotación sexual por vía (nota mía: aquí obvio lo descriptivo…) es reprimido con pena privativa de la libertad no menor de nueve años ni mayor de doce”. ¿Qué opinará un desaparecido magistrado del TC sobre todo esto?
     
    Gonzalet69, 25 Jun 2019

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