Opiniones sobre el Fallo IDH Caso Chavin de Huantar

Tema en 'Actualidad Peruana' iniciado por Arquisexo, 30 Jun 2015.

    Arquisexo

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    Caso Chavín de Huántar: Conoce los puntos más importantes del fallo de la Corte IDH

    1.- El Estado debe conducir eficazmente la investigación y/o el proceso penal en curso para identificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos relacionados con la ejecución extrajudicial de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez (emerretista muerto durante la operación (a) ‘Tito’).
    2.- Acepta el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional efectuado por el Estado peruano.
    3.- El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, (…) en perjuicio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez.
    4.- El Estado es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial (…) en perjuicio de los familiares de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza.
    5.- El Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal (…) en perjuicio de Edgar Odón Cruz Acuña.
    6.- Esta sentencia constituye per se una forma de reparación.
    7.- El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, y de forma inmediata, adecuada y efectiva, el tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a favor de la víctima Edgar Odón Cruz Acuña.
    8.- El Estado debe pagar las cantidades fijadas en el párrafo 492 de la presente sentencia, por concepto de reintegro de costas y gastos, en los términos de los párrafos 496 a 499 de la misma.
    En el párrafo 492 se indica que la Corte estima procedente conceder una suma razonable de US$10,000 para la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) por concepto de reintegro de costas y gastos por las labores realizadas en el litigio del caso a nivel nacional e internacional.
    Asimismo, el tribunal fijó la suma de US$20,000 para el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) por concepto de reintegro de costas y gastos por las labores realizadas en el litigio del caso a nivel internacional.
    9.- El Estado debe reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la suma erogada durante la tramitación del presente caso, en los términos de lo establecido en los párrafos 495 y 499 de la presente sentencia.
    En el párrafo 495 se precisa que la Corte ordena al Estado el reintegro a dicho Fondo de la cantidad de US$1,685,36 por concepto de los gastos realizados para la comparecencia de un perito en la audiencia pública del presente caso.

    Caso Chavín de Huántar: Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre alegadas ejecuciones…
     
    Arquisexo, 30 Jun 2015

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    El fallo es vergonzoso pero francamente predecible. Por el punto 1 debemos entender que la investigación actual contra los "gallinazos" debe seguir su curso, quedando fuera de ellas los comandos. Ahora bien, sobre ellos cae el peso político de la sentencia, porque la operación y su participación en ella quedan en entredicho. El daño es mayor para las FF.AA desde el punto de vista de la moral del personal. El Estado, por enésima vez, les ha dado la espalda y jalado la alfombra donde estaban parados. Y el daño es peor en los mandos intermedios y la tropa especializada. Los que están fuera en el retiro pueden decir lo que quieran, al final no importa. La procesión se da de puertas para adentro.
     
    drais, 30 Jun 2015

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    #2

    drais

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    Escuché en la mañana al ex-ministro de defensa Antero Flores Araoz, quien ha participado en el proceso en la CIDH. Lo que dijo tiene sentido, el fallo ha sido favorable para los comandos. Para ellos el caso Chavín de Huantar ha quedado zanjado porque no se ha admitido la revisión del fallo de la justicia militar que los absolvía, ni tampoco que se investigara a los jueces militares ni a los vocales de la Corte Suprema que dirimieron la cuestión de la competencia.

    El problema es político, como señalaba en la mañana. Mejor se hubiera callado Humala, porque le ha dado una victoria mediática a la otra parte. No es una cuestión de dinero, sino de control de daños. Este recién se inició en el segundo gobierno de AGP cuando el propio Antero Flores Araoz, en calidad de representante ante la CIDH, inició una ofensiva política para detener los excesos de la comisión y la corte. Humala ha seguido la estrategia. Ahora, cuando ganamos un caso, la boca de Humala voltea la tortilla y lo convierte en derrota.
     
    drais, 1 Jul 2015

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    #3

    inxs

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    No entiendo, antes se etiquetaba como "disparate" la demanda presentada a la CIDH y ahora el fallo se tilda de "predecible". Que tal incoherencia........

    Lo cierto es que ahí ha habido por lo menos un asesinato, y no ha sido muerte al calor de la batalla ni tampoco ha sido un disparo en la nuca para para neutralizar al enemigo. Después de terminada la balacera había prisioneros, y los que vieron los hechos en vivo deben recordar que varios minutos después de terminar el intercambio de balas sonaron "algunos" disparos aislados.

    Por favor, Antero Flores Araoz siempre negó todo asidero a esa demanda, en lugar de hacer una seria investigación de los hechos. Su estúpido negacionismo es el verdadero causante de esta verguenza que muy bien pudimos habernos ahorrado.

    Tampoco tampoco....., es IMPOSIBLE que los Comandos salgan limpios, ellos debieron haber visto a los gallinazos.

    Es IMPOSIBLE en un evento de esta naturaleza (estudiado, planificado y ensayado durante meses) sostener la tesis que los gallinazos aparecieron de la nada, de manera inconsulta e inesperada. Hubo coordinación y conocimiento previo con los Comandos, por favor no hay que volver a caer en el NEGACIONISMO.


    ​Inxs
     
    inxs, 2 Jul 2015

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    #4
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    Quedan como testigos, la CIDH no tocó la sentencia de la justicia militar a su favor. Antero Flores Araoz sabe lo que dice, ha actuado como abogado en el caso. Tienes que distinguir aquí al abogado y al político. Son dos planos distintos. El primero dice algo de manera general e inmediata. El segundo tiene un argumento más desarrollo, una sustentación de los hechos en un lenguaje diferente.

    En cuanto a tu afirmación sobre la existencia de un asesinato, creo que no es correcta. La corte ordena al Estado peruano continuar con la investigación sobre el tema en sede nacional. De ella quedan excluidos los comandos, pues el aspecto militar de la operación de rescate no lo ha cuestionado la corte. Lo que hay que probar es que si hubo una segunda operación de otro orden y con otros fines. En este caso los comandos entran como testigos, y como bien explicaba AFA, ya ni siquieran deben presentarse al proceso porque su deposición en el caso ante la justicia militar es perfectamente valida. Además hay que considerar algo tan obvio en el mundo militar, pero no en el civil. Los militares tienen como premisa que la información debe administrarse según responsabilidades. El soldado no sabe ni debe conocer información más allá de sus funciones.

     
    drais, 2 Jul 2015

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    Por favor no desinformes.

    Antero sabe lo que dice porque ha actuado como "abogado" del caso? Déjame decirte algo estimado ya que hablas de abogados que han llevado el caso. El Perú a través de sus abogados (procuradores) han ejercido la peor defensa de los intereses del Estado en lo que a casos ante el sistema supranacional se refiere. Solo por darte un dato: Con esta sentencia por la cual se CONDENA al ESTADO peruano (porque esa es la expresión juridicamente correcta) el Perú, ante el sistema interamericano va 31 sentencias en contra!!! En términos futbolisticos ha recibido una goleada de padre y señor mío.

    Claro que es CORRECTA la información que se da en cuanto a la existencia de un asesinato PORQUE LO HA HABIDO!!!. Déjame ponerlo en expresiones de la Corte y de lo que dice el fallo: "El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4.1de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma,en perjuicio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, en los términos de los párrafos 292 a 319 de lapresente sentencia". Esto es, en buen cristiano que sí existió una ejecución extrajudicial, razón por la cual la corte en la parte resolutiva del fallo señala: "El Estado debe conducir eficazmente la investigación y/o el proceso penal en curso paraidentificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos relacionados con laejecución extrajudicial de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez". Esto quiere decir, denunciar, procesar y condenar a quienes ordenaron el asesinato del camarada "Tito".

    y respecto a los comandos chavin de huantar. Por Dios!!! Jamás se los juzgo ante el sistema interamericano porque, en principio la Corte IDH NO JUZGA personas sino ESTADOS!!!

    Por esta ola de DESINFORMACION por parte de POLITICOS como Antero Flores Araoz en quien tanto confías es que la Corte ha tenido que emitir un comunicado para aclarar por enésima vez las cosas. Dice la Corte:

    "El presente caso no se refiere a la inocencia o culpabilidad de los integrantes delcomando “Chavín de Huántar” o de las fuerzas de seguridad que participaron en laoperación de rescate de rehenes, ni tampoco de los miembros del MovimientoRevolucionario Túpac Amaru (MRTA). El presente caso versa sobre la conformidad o node los actos estatales con la Convención Americana sobre Derechos Humanos en cuantoa si existió o no ejecución extrajudicial en el marco de la referida operación en dosmomentos temporales diversos y en distintos ámbitos físicos: por un lado, respecto deEduardo Nicolás Cruz Sánchez y, por el otro, respecto de Herma Luz Meléndez Cueva yVíctor Salomón Peceros Pedraza"

    A leer e informarse. Ya basta!!!!


    Aquí la sentencia y el comunicado de la Corte. Si les da flojera remítanse hasta la parte resolutiva

    http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_292_esp.pdf
    http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_20_15.pdf

     
    armanchesco, 4 Jul 2015

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    drais

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    Leí el fallo y me queda claro lo que he dicho anteriormente. No me tienes que recordar que para la CIDH existió un caso de ejecución extrajudicial. Lo que vale en el caso de los comandos es que no están comprendidos en él, pues se hace una separación entre la operación militar legítima y la muerte de Tito. La CIDH no toca a los comandos pues considera valido el juzgamiento que se hizo en la sede nacional.

    En cuanto a la participación, se de buena fuente cercana a él que participó gratuitamente en la defensa. De hecho, tenía que estar pues el gobierno actual ha seguido lo iniciado por el gobierno anterior sobre el tema. Lo demás es una cuestión de confianza que te inspire el personaje. A mi la inspira, uno porque es un buen abogado y dos conoce del tema porque fue ministro de defensa.

    Finalmente, reitero que lamento que algo que podría y debería haber sido visto como una victoria legal y justicia para unos haya terminado siendo visto de otra manera por un exabrupto presidencial. Se han gastado cantidades mayores al pago en costos y costas ordenado por la CIDH en tonterías, comenzando por los regalos de la presidenta saliente del Congreso, la señora Solorzano.




     
    drais, 5 Jul 2015

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    esparatcus

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    Es lamentable que en las ultimas declaraciones del actual ministro de justicia y derechos humanos de este gobierno, se nota que esta "usando" este tema para dar una imagen de total apoyo a los verdaderos actores heroicos de la Operacion Chavin de Huantar que no tuvieron responsabilidad alguna con ciertas directivas no legales ordenadas por Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos.

    Es toda una verguenza que el ministro Gustavo Adrianzen, se presente todo "achorado" declarando a la prensa sobre este tema mientras que en lo que va de este gobierno de Ollanta Humala a los comandos participantes victorisos de aquella gloriosa operacion militar, no les dieron el real y total apoyo juridico y mediatico a este tema en las instancia jurisdiccional internacional dejando que ciertas ONGs hicieran lo que se les vienera en gana en aquel campo juridico legal.
     
    esparatcus, 5 Jul 2015

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    #8

    drais

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    No solamente el ministro de justicia, sino el propio Humala. Las palabras destempladas no ayudan a nadie, menos al propio gobierno cuya tribuna ya está muy raleada.

    Más allá de las declaraciones de Adrianzen, me llama la atención cómo personajes de diferentes posturas políticas han terminado llegando a un mínimo común en el caso. Lo digo, por ejemplo, en casos los de Carlos Tapia, ex comisionado de la CVR, el vocal César San Martín y otros personajes más. Este último hizo una observación muy interesante respecto al tema del tiempo. Para la CIDH el tiempo transcurrido es un agravio a las víctimas, es decir, los parientes de los terroristas. San Martín dice claramente que estos 18 años no lo son para ellos, sino para los acusados. Y tiene razón.


     
    drais, 5 Jul 2015

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    #9

    armanchesco

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    Los comandos nunca estuvieron comprendidos en el caso!!!!!

    Te refieres a la victoria para la parte demandante cierto? Porque si, como dices has leido la sentencia, para el estado peruano no hay victoria alguna. Reitero, con este caso van 31 sentencias en contra.

    Ciertamente el tema se ha politizado pero la naturaleza de este caso es, en esencia, jurídica y de ahí es que debe partir el razonamiento que se le hace.


     
    armanchesco, 5 Jul 2015

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    #10

    drais

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    Diste en el clavo del asunto. Es una victoria política y, si no hubiera sido por Humala, sería una mediática. No se puede tapar el sol con un dedo que en la Comisión y la Corte misma la política juega un rol importante. La CIDH repartió palo y zanahoria a las dos partes. Muchas veces a pasado en la historia que una sentencia o una batalla han borrado o dejado de lado mil derrotas. Políticamente eso es lo que ha pasado.

    Ahora bien, mientras el caso siga abierto, los comandos están en él. Aún cuando la sentencia no los nombra, éste es el fin del camino para ellos. En el caso abierto aún en investigación la acusación recae contra Zamudio y compañía. Obviamente no todos piensan igual, ayer en La República un directivo de IDEHPUCP hacía un análisis en contrario, señalando que hasta que se cierre el caso los comandos siguen comprendidos en él. No creo ni espero que suceda, este tema necesita urgentemente fecha de caducidad.

     
    drais, 6 Jul 2015

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    #11

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